Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Proyecto de reforma tributaria: propuesta de gravar las pensiones se cayó, ¿era inconstitucional?


Se cayó propuesta de gravar pensiones en la reforma tributaria

Aquí hablaremos sobre...

  • Es justo que quienes reciben mesadas superiores a 10 millones paguen impuestos
  • Dos razones para que se cayera la propuesta
  • ¿Una propuesta inconstitucional?
  • ¿Reforma tributaria gravaría dos veces la pensión?

Presidente Petro dijo que propuesta de gravar pensiones no irá en la reforma tributaria.

Para Rodrigo Uprimny, el planteamiento que apuntaba a que quienes reciben una pensión superior a 10 millones de pesos paguen impuestos era justo.

Margarita Cabello Blanco dice que la propuesta era inconstitucional.

La ponencia del proyecto de reforma tributaria planteaba modificar el artículo 206 del Estatuto Tributario, el cual indica que las pensiones cuentan con una exención de 38 millones de pesos mensuales y en la reforma se proponía reducirla a 5,6 millones mensuales.

Pues bien, el presidente Gustavo Petro el martes 25 de octubre de 2022 se pronunció al respecto y dijo que las pensiones no serán gravadas.

Hemos modificado dos aspectos de lo hasta ahora debatido en las comisiones conjuntas terceras del Congreso de la República, tanto Senado como Cámara. Un aspecto: no vamos a presentar un impuesto a las prensiones (…).

Petro dijo que la próxima semana comenzaría la aprobación final de la ponencia y en la segunda semana de noviembre comenzarían los debates del proyecto en las plenarias de Senado y Cámara.

En caso de haberse mantenido la propuesta y haberse aprobado, como lo explica el Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana, los ingresos de pensiones hubieran entrado a ser gravados en el esquema de tarifas de cédula general.

Bajo este esquema, los primeros 4,1 millones de renta líquida gravable están gravados al 0 %. Luego de este rango, los ingresos son gravados con tarifas marginales que van desde el 19 % hasta el 39 %.

Teniendo en cuenta exenciones y deducciones, solo las personas con pensiones mayores a 10 millones de pesos mensuales tendrían algún impuesto de renta, las cuales no llegarían al 1 % de los adultos mayores.

El 1 % de los pensionados hubiera quedado gravado y pagando impuestos según la reforma tributaria

Datos recopilados por el Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana, en su análisis Las pensiones en la reforma tributaria, indican que solo 1,6 millones de los 7 millones de adultos mayores cuentan con una pensión.

“en Colombia solo el 1 % de los pensionados en Colpensiones o en una AFP tienen una pensión superior a 10 millones mensuales”

Además, en Colombia solo el 1 % de los pensionados en Colpensiones o en una AFP tienen una pensión superior a 10 millones mensuales, tal cual como se ha manifestado desde el Gobierno nacional:

Este 1 % está conformado por 16.000 personas que cotizan en Colpensiones y otras 800 más en fondos privados. La propuesta ayuda a recuperar algo de los enormes subsidios que reciben los regímenes especiales, que ascienden a 30 billones anuales.

Es justo que quienes reciben mesadas superiores a 10 millones paguen impuestos

Rodrigo Uprimny Yepes, abogado y doctor en Economía de la Universidad Amiens, columnista de El Espectador, afirma que las pensiones pueden ser gravadas como ocurre en muchos países, tal como lo ha manifestado el ministro de Hacienda José Antonio Ocampo.

En su análisis  ¿Es constitucional gravar las pensiones?, Uprimny explica que:

Lo importante es que sea un impuesto equitativo, en el sentido de que la tarifa sea razonable y no recaiga sobre los más débiles. Y por eso es justo que quienes reciban mesadas de más de 10 millones, que son el 1 % de los pensionados, paguen impuestos razonables, como lo propone la reforma.

Dos razones para que se cayera la propuesta

Pablo Mendoza, experto en política tributaria, afirma en revista Semana que la propuesta se cayó porque “al Gobierno le faltó claridad en el mensaje”. Pese a que

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De esta manera, si una persona tenía una mesada pensional de 7 millones, pero también obtenía ingresos por arriendo, por ejemplo, su pensión, al juntarla con lo demás, le tocaba pagar el tributo.

La otra razón por la cual se cayó la propuesta, según Mendoza, es la resistencia al tema en el Congreso de la República. «Los políticos no dejan. Fueron las posiciones de los partidos políticos».

¿Una propuesta inconstitucional?

Margarita Cabello Blanco, procuradora general de la Nación, había manifestado en una columna de opinión publicada en El Tiempo que gravar las pensiones era una idea inconstitucional, sin embargo, Uprimny descalificó sus argumentos.

Un argumento de Cabello Blanco es que un impuesto a las pensiones viola derechos adquiridos y desmejora las pensiones, por lo cual está prohibido por el derecho internacional y la Constitución. Al respecto, Uprimny argumenta:

Sin embargo, la procuradora no cita ninguna norma ni sentencia que establezca dicha prohibición. Sus referencias son normas internacionales y constitucionales que establecen que la pensión es un derecho humano que el Estado debe garantizar.

Para el economista es válido afirmar que la pensión es un derecho fundamental y el Estado debe protegerla, pero de ahí no se desprende que las pensiones no puedan ser gravadas, ya que ninguna norma lo prohíbe.

Todas las personas, incluidos los pensionados, tienen el deber de contribuir, con criterios de justicia y equidad, a la financiación de los gastos del Estado, como lo establece el artículo 95 de la Constitución.

¿Reforma tributaria gravaría dos veces la pensión?

El 18 de octubre de 2022, el expresidente César Gaviria presentó un documento a través de cual manifestó que no apoyaría el proyecto de reforma tributaria, aunque cuando se posesionó Petro como presidente le había mostrado su respaldo.

Para el caso de las pensiones, desde el punto de vista de Gaviria, el proyecto de reforma tributaria las gravaría dos veces. Por lo tanto, es necesario garantizar que con la pensión no suceda esto, ya que por ahora se grava una vez cuando se hace la cotización y otra cuando se obtiene la pensión.

Esta doble tributación sucede en la medida en que el proyecto de reforma grava los aportes a los fondos de pensiones superiores a una cuantía cercana a $1.300.000 y la pensión de más de $9.500.000. Para muchas personas en esta situación una parte de la pensión quedará doblemente gravada.

Para quienes piensan que esto es una doble tributación, Uprimny explica que este argumento es incomprensible por tres razones: i) no se entiende por qué es un impuesto confiscatorio, ii) no es claro que haya doble tributación y iii) incluso si fuera doble tributación, no por ello sería inconstitucional porque, contrario a lo sostenido por algunos tributaristas, no hay norma constitucional que la prohíba.

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