Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Proyecto de reforma tributaria tendrá un impacto significativo para las personas naturales


Aquí hablaremos sobre...

  • Reforma tributaria: tarifa de ganancias ocasionales aumenta
  • Deducciones especiales del proyecto de reforma tributaria
  • Recomendaciones para entender lo que viene en materia tributaria

Alexandra Gnecco afirma que las personas naturales que tengan patrimonios iguales o mayores a los 3.000 millones de pesos con la reforma tributaria comenzarán a pagar el impuesto al patrimonio.

Jimmy Flórez celebra que no paguen impuestos aquellas personas que ganen menos de 10 millones de pesos.

Alexandra Gnecco, abogada, associate partner de People Advisory Services en EY Colombia, con experiencia en tributación de personas naturales, explica que la ponencia del proyecto de reforma tributaria mantendría la tributación para personas naturales que ganen más de 10 millones de pesos.

De igual manera, Gnecco explica que la tributación para este grupo de personas con ingresos mayores de 10 millones de pesos tendrá menos beneficios tributarios.

Cabe recordar que comenzarán a pagar impuestos no solo las personas que ganen más de 10 millones por motivos laborales, sino también por otros conceptos como alquileres y venta de bienes y servicios.

Gnecco añade que:

Las personas naturales que ganan entre 10 a 16 millones pueden tener más beneficios que los que ganan más de 16 millones. Por lo que aquellos que ganan más de 16 millones tiene un impacto significativo en materia de tributación.

Por su parte, Jimmy Flórez Roa, contador público, especialista en derecho tributario, associate partner de People Advisory Services en EY Colombia, celebra que el proyecto de reforma tributaria no ponga a pagar impuestos a aquellas personas que ganen menos de 10 millones de pesos mensuales.

“la situación económica del país no soporta que las personas naturales tengan que gastar más en impuestos”

Para él, la situación económica del país no soporta que las personas naturales tengan que gastar más en impuestos cuando la inflación y la tasa de interés presentan cifras tan altas.

Escucha de primera mano los argumentos de Alexandra Gnecco y Jimmy Flórez Roa.

Reforma tributaria: tarifa de ganancias ocasionales aumenta

Es necesario recordar que se consideran ganancias ocasionales la utilidad en la enajenación de activos fijos poseídos por dos (2) o más años y la utilidad de la liquidación de sociedades, herencias, legados, entre otros conceptos.

De este modo, las tarifas del impuesto a las ganancias ocasionales propuestas en la ponencia del proyecto de reforma tributaria presentan modificaciones.

De acuerdo con Gnecco, la tarifa del impuesto a las ganancias ocasionales aumenta del 10 al 15 %. Sin embargo, el impuesto para loterías, rifas y apuestas similares pasa del 25 % al 20 %.

Deducciones especiales del proyecto de reforma tributaria

Flórez Roa dice que el proyecto de reforma tributaria, tal y como está con la nueva ponencia, tendrá deducciones para dependientes, es decir, para quienes tengan entre 1 y 4 personas dependientes, la reforma tributaria les va a favorecer.

TAMBIÉN LEE:   Vigencia del descuento de régimen simple de tributación para paneleros

La intención del Gobierno nacional es poder favorecer aquellas personas naturales que por compromiso tienen que mantener hermanos, padres, hijos o compañeros permanentes.

De igual manera, el proyecto de reforma tributaria contempla una deducción especial del 1% por compras soportadas con factura electrónica, para aquellas personas naturales que adquirirían bienes y servicios, contemplando un límite de 240 UVT.

El objetivo del Gobierno con la deducción especial por la adquisición de bienes soportada con factura electrónica es que la Dian pueda contar con más información para su tarea de cobro de obligaciones impositivas y fiscalización.

¿Cuánto y quiénes pagarán el impuesto al patrimonio por sus bienes como casa, carro, finca o apartamento?

Gnecco menciona que aquellas personas naturales que tengan patrimonios iguales o mayores a los 3,000 millones de pesos comenzarán a pagar el impuesto al patrimonio por concepto de sus bienes, tales como casa, carro, finca o apartamento.

De igual manera, en relación con la tabla de tarifas marginales del impuesto al patrimonio, en la fórmula marginal del umbral de la tarifa del 0,5 % la fórmula correcta es:

(Base gravable en UVT – 73.000 UVT) × 0,5 %

Es necesario resaltar que el ministro de Hacienda, Jose Antonio Ocampo, manifestó recientemente para los medios de comunicación:

El proyecto de reforma tributaria tiene en cuenta un beneficio sobre el apartamento de habitación o casa, donde se permite detraer de la base gravable un valor aproximado de 500 millones de pesos por concepto de estos bienes, por lo que, en sí, el piso gravable es de 3.200 millones.

Recomendaciones para entender lo que viene en materia tributaria

Gnecco y Flórez mencionan una serie de recomendaciones que debería tener el Gobierno nacional de acuerdo con la nueva ponencia de reforma tributaria.

En primer lugar, manifiestan que se deben realizar campañas de sensibilización con los trabajadores donde se pueda explicar el proyecto de reforma tributaria y ayudarles a realizar el diagnóstico del cálculo de la retención en la fuente.

Finalmente, dicen que es importante para las personas naturales, a nivel individual, realizar una planeación fiscal para el año 2023 desde este año y una reorganización del patrimonio.

Los dos advierten que es importante estar al tanto de las novedades y cambios que se presenten en materia de tributación.

Material relacionado

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,