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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Cómo se reconocen los ingresos por anticipos recibidos en los contratos de construcción?


Los anticipos son valores recibidos antes de incurrir en los costos del contrato de construcción. Estos deben reconocerse contablemente como ingresos en la medida que se avance en la obra.

Te explicamos mediante un caso de aplicación el tratamiento contable de estos anticipos.

Como respuesta a la pregunta “¿Cuál es el tratamiento contable de pagos anticipados en contratos de construcción?”, el Dr. Juan Fernando Mejía explica en el siguiente video los aspectos que deben tenerse en cuenta:

Anticipos vs. pagos anticipados en los contratos de construcción

Para dar claridad sobre este tema, el Dr. Mejía explica en primer lugar que existe una diferencia entre los anticipos y pagos anticipados, esto de acuerdo con la Sentencia 13436 de junio 22 de 2001 y el Oficio Dian 1061 de 2020. Veamos:

  • Anticipo: valores recibidos antes de incurrir en los costos del contrato. Respecto a su contabilización, los anticipos se amortizan para convertirlos gradualmente en ingreso en la medida que se presta el servicio o según el avance de la obra. No es necesario facturarlos.
  • Pagos anticipados: valores recibidos por haber incurrido ya en costos (antes de terminar la obra). Los valores por pagos anticipados se contabilizan como ingresos cuando se reciben. Es necesario facturarlos.

Por lo anterior, puede observarse que regularmente en los contratos de construcción se da la figura de anticipos y no de pagos anticipados, pues estos son recibidos por la entidad antes de incurrir en los costos del contrato.

Caso de aplicación

Miremos el siguiente ejemplo:

Se emite factura de venta a una entidad pública. Esta fue solicitada por 100 millones de pesos para entregar el anticipo por un contrato de construcción.

Para este caso, aunque contablemente no es obligatorio emitir una factura por los anticipos recibidos, esta se emite a efectos de cumplimiento del presupuesto ejecutado de la entidad pública.

Debe considerarse que, aunque se ha emitido una factura, contable y fiscalmente no hay un ingreso todavía, por lo que el tratamiento sugerido sería el siguiente:

Cuenta

Débito

Crédito

Pasivos diferidos

$100.000.000

IVA generado

$19.000.000

Retefuente diferida

$10.000.000

Efectivo recibido

$109.000.000

Posterior a este reconocimiento, la empresa entrega la labor para la que fue contratada, por lo que procederá a realizar el reconocimiento de los ingresos correspondientes y a revertir el pasivo diferido contabilizado en el punto anterior. Adicionalmente, se tiene que la empresa incurrió en costos por $80.000.000. La contabilización para este caso será:

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Cuenta

Débito

Crédito

Costo de venta

$80.000.000

Pasivos incurridos

$80.000.000

Pasivo diferido

$10.000.000

Ingreso devengado

$100.000.000

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