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La Ley 2381 de 2024 creó un nuevo sistema pensional que regirá desde el 1 de julio de 2025 e incluye la prestación anticipada de vejez para quienes tengan entre 1.000 y 1.300 semanas cotizadas y cumplan otros requisitos.
El nuevo sistema de protección para la vejez entrará en vigencia el 1 de julio de 2025 con la Ley 2381 de 2024, y reemplazará estructuralmente el sistema competitivo entre regímenes de la Ley 100 de 1993 y dará paso a un sistema de cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y voluntario.
Una de las novedades de la reforma es el beneficio especial denominado prestación anticipada de vejez dirigido a las personas que, una vez comience a aplicar el nuevo sistema, logren más de 1.000 semanas, pero menos de 1.300, y cumplan los demás requisitos.
La prestación anticipada de vejez es un beneficio para aquellos afiliados que, después de la entrada en vigor de la nueva ley, cumplan con la edad mínima (62 años para mujeres y 65 años para hombres) pero no alcancen las semanas mínimas de cotización requeridas para la pensión de vejez.
Para acceder a esta prestación, el afiliado debe haber cotizado al menos 1.000 semanas y no estar bajo el régimen de transición. La prestación se calcula proporcionalmente a las semanas cotizadas, siguiendo la fórmula de la pensión de vejez establecida por la ley.
Cada mes se deducirá de la prestación anticipada de vejez una cantidad equivalente a las cotizaciones que faltan hasta que el afiliado complete las semanas mínimas requeridas para obtener la pensión de vejez (1.300 semanas). Este descuento se aplicará automáticamente y continuará hasta que se alcancen las semanas necesarias, garantizando así que el afiliado cumpla con los requisitos para la pensión completa.
Es importante destacar que esta prestación estará vigente desde el 1 de julio de 2025 hasta el 1 de enero de 2036 para los afiliados que cumplan con los requisitos, ya que a partir de esta última fecha el número de semanas para ser beneficiario del pilar contributivo será únicamente para los hombres que hayan cotizado entre 300 y 1.300 semanas.
Angie Vargas, experta en derecho laboral, explica este tema: