Según el artículo 909 del ET, modificado con el artículo 43 de la Ley 2155 de 2021 y reglamentado con el Decreto 1847 de 2021, el 28 de febrero vencerá el plazo para acogerse al régimen simple.
Durante el 2022 solo los restaurantes del régimen simple, con o sin franquicias, estarán exonerados del IVA y el INC, respectivamente.