¿Una empresa que empezó su operación en septiembre de 2016 ¿debe reportar información exógena?
Resuelta 18 de Mayo de 2017
El Dr. Diego Guevara señala que para dar respuesta al interrogante se debe estudiar el artículo 4 de la Resolución 000112 de octubre de 2015, norma que solicita el reporte de información exógena del año gravable 2016, la cual ha sufrido diferentes modificaciones.
De la norma anterior se destaca lo siguiente:
“Artículo 4. Obligados que deben reportar anualmente.
a) Las personas naturales y asimiladas, que en el año gravable 2014 hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos ($500.000.000).
b) Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas y demás entidades públicas y privadas obligadas a presentar declaración del Impuesto sobre la Renta y complementarios o de ingresos y patrimonio, que en el año gravable 2014 hayan obtenido ingresos brutos superiores a cien millones de pesos ($100.000.000).”