¿Cómo queda la cuantía mínima de retención en la fuente por servicios para el 2024?


La cuantía mínima de retención en la fuente a título de renta por concepto de prestación de servicios es de 4 UVT. El valor de la UVT fijado por la Dian para 2024 es de $47.065.

Aquí te contamos cuál es el valor en pesos de este indicador y la normativa que lo regula.

Dado que la retención en la fuente constituye un mecanismo cuyo objetivo es asegurar que los impuestos se recauden de manera anticipada, preferiblemente durante el mismo ejercicio gravable en que se generen, el artículo 6 del Decreto 2775 de 1983 (recopilado en el artículo 1.2.4.4.1 del Decreto 1625 de 2016) estableció que no se practicaría retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta por prestación de servicios cuya cuantía individual fuese inferior a $2.000.

Sin embargo, tras la expedición de la Ley 1111 de 2006 se ajustaron los valores absolutos, los cuales fueron reexpresados en unidades de valor tributario –UVT–.

Así pues, el artículo en mención señala que no se practicará retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta por prestación de servicios por montos inferiores a 4 UVT.

En este orden de ideas, dado que la Dian, a través de la Resolución 000187 de noviembre 28 de 2023 fijó en $47.065 el valor de la UVT que regirá en 2024, la cuantía mínima a partir de la cual se deberá practicar retención en la fuente a título de renta por prestación de servicios durante el año gravable 2024 es de $188.000 (4 UVT calculadas a un valor de $47.065 cada una).

Base en UVT

Valor de la UVT 2024

Cuantía mínima de retención en la fuente por servicios 2024

4 UVT

$47.065

$188.000

Si quieres saber más acerca de este tema, amplía la información en la Ruta de retención en la fuente: ¿qué es y cómo se aplica?

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