La declaración de renta de personas naturales por el año gravable 2021 deberá atender, entre otras normas, las leyes 2010 de 2019; 2040, 2064, 2068 y 2069 de 2020; y algunos artículos de la Ley de reforma tributaria 2155 de 2021.
A continuación, el Dr. Diego Guevara resuelve 10 dudas al respecto.
Preguntas resueltas 7 de abril de 2022
Las declaraciones de renta a cargo de las personas naturales y sucesiones ilíquidas correspondientes al año gravable 2021, deberán prepararse acorde con las versiones de las normas modificadas por la Ley 2010 de 2019, el Decreto Legislativo 575 de 2020 y las leyes 2040, 2064, 2068 y 2069 de 2020; así como algunos artículos de la Ley de reforma tributaria 2155 de 2021, entre ellos los que establecieron la normalización tributaria para el 2022 y aquellos que afectaron las normas de procedimiento tributario.
Adicionalmente, se deberán tener en cuenta la Resolución 000025 de 2022 mediante la cual prescribió el formulario 210 para la declaración de renta del año gravable 2021, el cual conserva la misma estructura del formulario empleado para 2020.
En tal contexto, a continuación, el Dr. Diego Guevara Madrid, experto consultor y líder de investigación de investigación tributaria de Actualícese, resuelve 10 preguntas de nuestros usuarios sobre este importante tema de temporada: la declaración de renta de personas naturales año gravable 2021.
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