Se descartó que a través de la reforma tributaria los evasores vayan a la cárcel.
Podría haber un intercambio de datos de contribuyentes entre varias entidades del Estado para efectos de análisis y control.
Transitoriedad para el pago de las declaraciones ineficaces hasta el 30 de junio de 2023.
Carlos Moyano, magíster en Contabilidad y Auditoría de Gestión con énfasis en Contabilidad Internacional de la Universidad de Santiago de Chile, entrega una serie de tips del proyecto de reforma tributaria, teniendo en cuenta las modificaciones presentadas el pasado martes 4 de octubre por el Gobierno nacional al Congreso de la República.
En esta nueva versión se eliminaron 21 artículos y se agregaron 27 nuevos; se ajustaron algunas propuestas y se adicionaron otras.
Afirma Moyano:
El proyecto de reforma tributaria pone la lupa en los gastos y costos deducibles en la declaración de renta de personas naturales, de igual manera, a ciertos beneficios tributarios de las personas jurídicas, tales como ingresos no gravados, deducciones, descuentos tributarios y rentas exentas.
Cabe recordar que el 6 de octubre de 2022 se aprobó en primer debate la ponencia del proyecto de reforma tributaria.
Moyano en entrevista con Actualícese entrego una serie de tips que se deben tener en cuenta para entender los cambios presentados en el proyecto de reforma tributaria.
Moyano menciona que el proyecto de reforma tributaria añadió un artículo nuevo que no estaba en el articulado presentado el 8 de agosto de 2022.
Se modifica el artículo 585 del ET para establecer que se podrá intercambiar información de los datos de los contribuyentes entre el Ministerio de Hacienda, la Dian, el Ministerio de Salud, la UGPP y las administraciones tributarias del orden territorial para efectos de análisis, administración, liquidación y control de tributos.
Este contador público, especialista en Gerencia Tributaria, advierte que:
Es importante tener en cuenta que hay intercambio de información entre las entidades mencionadas, por lo tanto, las bases con que se calcula la seguridad social de los contribuyentes deben coincidir con aquellas que se tomen para deducciones en efectos de renta.
Cabe recordar que la UGPP es la entidad encargada de vigilar que las personas hagan los aportes a seguridad social sobre su realidad económica; en consecuencia, si hay intercambio entre la Dian y la UGPP, los controles serán más exactos y hay más riesgo de sanciones.
Moyano también menciona que se adiciona un nuevo artículo al proyecto de reforma tributaria, donde se establece que las declaraciones de retención en la fuente presentadas sin pago producirán efectos legales cuando el valor dejado de pagar no supere las 10 UVT y se cancele a más tardar dentro del año siguiente al vencimiento para declarar.
Cabe recordar que la unidad de valor tributario –UVT– que regiría durante el año gravable 2023 sería de $42.352, según las proyecciones que ya permite realizar el valor del IPC.
De igual manera, se establece una transitoriedad para el pago de las declaraciones ineficaces hasta el 30 de junio de 2023.
La adición de este artículo por parte del Gobierno nacional el pasado 04 de octubre es una excelente oportunidad para ponerse al día con aquellas declaraciones ineficaces y evitar efectos legales que puedan afectar a los contribuyentes.
Por otra parte, Moyano menciona que otra de las modificaciones que sufrió el articulado de reforma tributaria es que elimina la cárcel para los evasores de impuestos.
Según el magíster en Contabilidad y Auditoría de Gestión, no se va a penalizar a los evasores porque este un debate que corresponde a la Corte Constitucional.
Lo anterior no significa que si hay documentos fraudulentos en la contabilidad no tengan cárcel, claro que seguirá habiendo cárcel. Lo que sucede es que, si la persona le debe impuestos al Gobierno y los paga, se le perdonará el proceso de judicialización; sin embargo, si la persona no paga los impuestos, comenzará un proceso de judicialización.
Finalmente, Moyano menciona que el proyecto de reforma tributaria presenta cambios en relación con la sobretasa del impuesto de renta para algunas personas jurídicas.
De igual manera, la tributación de los dividendos y participaciones de las personas naturales y el régimen simple de tributación también tendrán modificaciones.
El proyecto de reforma tributaria busca dar relevancia e importancia a las modificaciones hechas al régimen simple de tributación como mecanismo de formalización empresarial. Lo anterior, sin afectar a los principales gremios económicos del país y con el propósito de seguir luchando contra el desempleo y la inflación.