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5 puntos a auditar en la declaración de renta de personas naturales 2025


5 puntos a auditar en la declaración de renta de personas naturales 2025

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Aquí hablaremos sobre...

  • 1. Determinación correcta del tipo de contribuyente y revisión de la residencia fiscal
  • 2. Comparación entre ingresos y extractos bancarios
  • 3. Costos y deducciones: soporte adecuado y obligación de llevar contabilidad
  • 4. Renta por comparación patrimonial: control de incrementos injustificados
  • 5. Beneficio de auditoría y obligación de firma en la declaración
  • Recomendaciones clave para auditar la declaración de renta de personas naturales AG 2024

La temporada de declaración de renta para personas naturales correspondiente al año gravable 2024 trae consigo una serie de aspectos fundamentales que deben ser cuidadosamente revisados para evitar errores, omisiones o sanciones por parte de la Dian.

La declaración de renta es una obligación fiscal mediante la cual las personas naturales reportan anualmente a la Dian sus ingresos, egresos, patrimonio, costos y deducciones, con el fin de determinar si deben pagar impuesto sobre la renta en los plazos establecidos por ley.

La correcta elaboración de la declaración de renta de personas naturales exige una revisión minuciosa de múltiples aspectos para garantizar una presentación conforme a la normatividad vigente.

En esta conferencia, Joe Pérez, CEO de Praxis Academia y especialista en Gerencia, presenta cinco aspectos esenciales que deben ser auditados con rigurosidad antes de presentar la declaración, integrando el análisis normativo pertinente y ejemplos ilustrativos que aclaran la aplicación práctica de cada uno.

Encuentra aquí los detalles:

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1. Determinación correcta del tipo de contribuyente y revisión de la residencia fiscal

Uno de los errores más frecuentes en la práctica tributaria actual es la incorrecta identificación del régimen en el que tributa el contribuyente. En Colombia, una persona natural puede estar sujeta al régimen ordinario o al régimen simple de tributación.

El artículo 903 del ET establece que quienes se acogen al régimen simple lo hacen de manera opcional e integral, lo que implica que no deben presentar declaración bajo el régimen ordinario.

Sin embargo, se ha identificado que algunos contribuyentes presentan declaraciones en ambos regímenes, lo que constituye un error que puede derivarse en pagos indebidos. En tales casos, corresponde iniciar procesos de devolución ante la Dian.

Recomendación

  • Verificar el tipo de régimen en el que estuvo inscrito el contribuyente durante el año 2024, no solo con el RUT actual sino también mediante una revisión detallada de su comportamiento tributario durante ese año.

¿Residente o no residente?

La residencia para efectos fiscales es otro de los puntos críticos. Un contribuyente puede ser nacional colombiano, pero no necesariamente residente fiscal. El artículo 10 del ET establece que se considera residente quien permanezca en el país por más de 183 días calendario (continuos o discontinuos) en un período de 365 días.

Además, incluso si no se cumple con ese tiempo de permanencia, se puede ser considerado residente si:

  • El cónyuge o hijos menores de edad tienen residencia fiscal en Colombia.
  • Más del 50 % de los ingresos provienen de fuente nacional.
  • Más del 50 % del patrimonio está administrado o ubicado en Colombia.

Diferencias entre contribuyentes residentes y no residentes

ConceptoResidente fiscalNo residente fiscal
Declaración de bienesEn Colombia y en el exterior.Solo en Colombia.
Declaración de ingresosEn Colombia y en el exterior.Solo en Colombia.
Formulario210110 o según corresponda.
Activos en el exteriorDeben declararse.No se declaran.

Muchos colombianos que residen en el exterior siguen presentando declaración como residentes y usan el formulario 210, lo cual implica declarar renta mundial (bienes e ingresos tanto en Colombia como en el extranjero de acuerdo a lo enunciado en el artículo 9 del ET), incurriendo en omisión de activos e ingresos del exterior si no se reportan correctamente.

Recomendación:

  • Realizar un análisis detallado del estatus de residencia fiscal del contribuyente, verificando si el contribuyente cumple con alguno de los criterios del artículo 10 del ET.
  • Si no cumple, debe ser tratado como no residente y declarar únicamente lo que tiene en Colombia.

En este video te explicamos por qué es clave auditar el régimen y la residencia del contribuyente en la declaración de renta 2025:

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2. Comparación entre ingresos y extractos bancarios

Una práctica clave de auditoría consiste en cruzar los ingresos reportados con los movimientos bancarios. Esta revisión permite detectar inconsistencias como depósitos sin justificación, ingresos omitidos o movimientos que podrían dar lugar a presunciones de renta.

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Según el artículo 26 del ET, se deben declarar aquellos ingresos que generen un incremento neto del patrimonio. Los depósitos sin justificación pueden ser presuntamente considerados ingresos por la Dian. Asimismo, el uso de cuentas prestadas o depósitos de terceros puede implicar fiscalizaciones.

Recomendación:

  • El contribuyente debe justificar claramente cada ingreso o movimiento relevante en sus extractos, indicando si proviene de un préstamo, una herencia, una venta o una actividad económica.
  • Documentar adecuadamente los depósitos de terceros.
  • No considerar como ingreso lo que no genera incremento neto del patrimonio de acuerdo con el artículo 26 del ET.

3. Costos y deducciones: soporte adecuado y obligación de llevar contabilidad

Para que un costo sea deducible en la declaración de renta debe estar debidamente soportado, conforme a los requisitos del artículo 107 del ET. Esto implica contar con:

Obligación de llevar contabilidad

La obligación depende de la actividad económica y del nivel de ingresos del contribuyente. Los comerciantes, por ejemplo, están obligados a llevar contabilidad y a declarar bajo el sistema de causación.

CategoríaSistema contableRequisitos adicionales
Obligado a llevar contabilidadCausación (devengo)Firma de contador si excede topes.
No obligadoCaja (ingresos percibidos)Firma no es obligatoria.

Recomendación:

  • Evaluar si el contribuyente está obligado a llevar contabilidad.
  • Implementar sistemas de facturación y nómina electrónica, especialmente en pequeños negocios.

4. Renta por comparación patrimonial: control de incrementos injustificados

La renta por comparación patrimonial, regulada en el artículo 236 del ET, se basa en la diferencia entre el patrimonio líquido de un año y el del año anterior. Si esta diferencia no se explica razonablemente con rentas, exenciones o ganancias ocasionales ya gravadas, la diferencia puede ser considerada como renta gravable.

Es esencial que cualquier incremento de patrimonio tenga soporte claro en ingresos declarados o en ajustes normativos, como los estipulados en el ET:

Omisiones patrimoniales en años anteriores, como la no declaración de una casa, pueden resultar en mayores cargas tributarias en el momento de su venta. Además, el artículo 277 del ET exige declarar inmuebles por el mayor valor entre el costo de adquisición, el costo fiscal y el avalúo catastral.

Recomendación:

  • Realizar este análisis antes de presentar la declaración.
  • Justificar adecuadamente los incrementos patrimoniales para evitar sanciones.

Descubre los aspectos esenciales que debes revisar en la renta por comparación patrimonial al hacer tu declaración de renta de personas naturales para 2025:

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5. Beneficio de auditoría y obligación de firma en la declaración

El beneficio de auditoría, regulado en el artículo 689-3 del ET, permite reducir el tiempo de revisión de la Dian a 6 meses si el impuesto neto de renta se incrementa en al menos un 35 % respecto al año anterior. Este beneficio estará vigente hasta 2026, según lo previsto en el Plan Nacional de Desarrollo.

Para aplicar el beneficio de auditoría, se deben cumplir las siguientes condiciones:

  • Presentación oportuna de la declaración.
  • Pago total dentro del plazo establecido.
  • Incremento de al menos el 35 % del impuesto neto anterior.

En caso de incremento entre 25 % y 34 %, el término de firmeza será de 12 meses.

Firma de la declaración de renta

Solo están obligados a firmar la declaración de renta las personas naturales que:

  • Están obligadas a llevar contabilidad.
  • Cumplen con los topes patrimoniales o de ingresos definidos (ej. patrimonio superior a 100.000 UVT).

Un asalariado o profesional independiente no obligado a llevar contabilidad, y cuyos ingresos no superen los topes, no requiere firma de contador público. Se recomienda revisar el artículo 596 del ET.

Recomendaciones clave para auditar la declaración de renta de personas naturales AG 2024

A continuación, se presentan las recomendaciones más relevantes que deben tener en cuenta tanto contribuyentes como asesores tributarios al momento de preparar la declaración de renta de personas naturales:

TemaRecomendación esencialObservaciones
Tipo de régimenVerificar si el contribuyente pertenece al régimen simple o al régimen ordinario.No se deben presentar declaraciones en ambos regímenes.
Residencia fiscalDeterminar si es residente o no residente para efectos tributarios.Afecta el tipo de formulario y si se declara renta mundial.
Ingresos vs. extractosComparar ingresos reportados con extractos bancarios para detectar inconsistencias.Solo se declara lo que incrementa el patrimonio.
Depósitos de tercerosEvitar usar cuentas ajenas. Si ocurre, justificar con trazabilidad y declarar correctamente.No se consideran ingreso propio, pero deben estar soportados.
Soporte de costosSolo se pueden deducir costos si se tienen facturas electrónicas, nómina electrónica y acuses.Aplique las reglas como si fuera persona jurídica.
Contabilidad obligatoriaIdentificar si el contribuyente está obligado a llevar contabilidad y declarar por causación.Obliga a firmar por contador si se superan topes de ingreso o patrimonio.
Comparación patrimonialRevisar que el aumento de patrimonio esté justificado por rentas o ajustes permitidos.Evita la omisión de activos o enriquecimientos sin causa.
Beneficio de auditoríaIncrementar el impuesto en un 35 % para obtener firmeza rápida de la declaración.Aplica hasta 2026. Requiere pago oportuno y retenciones reales.
Firma de la declaraciónEs obligatoria si se está obligado a llevar contabilidad y se superan topes.Aplica firma de contador en esos casos. No es obligatoria si no se cumplen ambas.
Planeación tributariaEvitar improvisaciones en herencias, ventas o sucesiones. Declarar correctamente activos y ganancias.Evita sanciones o renta no justificada.

Acerca del conferencista

Joe Pérez

CEO de Praxis Academia. Especialista en Gerencia Tributaria, consultor financiero, docente universitario, Certificado Internacional ACCA. Coautor del libro Nueva Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social. Miembro del Instituto Colombiano de Derecho Tributario.

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