Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

[Certificaciones] Certificación para subsidio de nómina Paef – entidad sin ánimo de lucro


Actualizado: 22 mayo, 2020 (hace 4 años)

Con la emisión del Decreto 677 de mayo 19 de 2020, las entidades sin ánimo de lucro, declarantes de ingresos y patrimonio, y reportantes de información exógena por el año gravable 2019 podrán acceder al subsidio de nómina del Paef.

Compartimos este modelo de certificación para obtener dicho beneficio.

Con el Decreto Legislativo 639 de mayo 8 de 2020 se dio a conocer el subsidio del 40 % en la nómina de las empresas, creado a través del Programa de Apoyo al Empleo Formal –Paef–, que beneficiaría también a las entidades sin ánimo de lucro –Esal– pertenecientes al régimen tributario especial –RTE–, situación que cambió con la emisión del Decreto Legislativo 677 de mayo 19 de 2020, ya que en este se abre la puerta para que las Esal (aún sin ser pertenecientes al RTE) puedan acceder al beneficio.

Cabe anotar que las Esal que deseen postularse deberán demostrar que son declarantes de renta o ingresos y patrimonio, y que reportaron información exógena por el año gravable 2019.

Con esto en mente, brindamos un modelo de certificación para que, como contador, usted pueda certificar la reducción de ingresos percibida por la Esal, no declarante de renta, declarante de ingresos y patrimonio, y reportante de información exógena por el año gravable 2019 (ver artículos 23 y 1.6.1.13.2.9 del DUT 1625 de 2016).

Tenga en cuenta que, según el Estatuto Tributario –ET–, entre estas entidades están:

  • Los sindicatos.
  • Las asociaciones gremiales.
  • Los fondos de empleados.
  • Los fondos mutuos de inversión.
  • Las iglesias y confesiones religiosas reconocidas por el Ministerio del Interior.
  • Los partidos o movimientos políticos aprobados por el Consejo Nacional Electoral.
  • Las asociaciones y federaciones de departamentos y municipios.
  • Las sociedades o entidades de alcohólicos anónimos.
  • Los establecimientos públicos y, en general, cualquier establecimiento oficial descentralizado.

Cuáles son los requisitos para la entidad declarante de ingresos y patrimonio:

De conformidad con el artículo 2 del Decreto 639 de 2020 (modificado por el artículo 1 del Decreto 677 de 2020), podrá ser beneficiaria del Paef la entidad declarante de ingresos y patrimonio que:

  • Haya sido constituida antes del 1 de enero de 2020.
  • Demuestre la necesidad del aporte estatal, certificando una disminución del 20 % o más en sus ingresos.
  • No estando obligada a presentar declaración de renta, sí presenta declaración de ingresos y patrimonio e información exógena por el año gravable 2019.
  • Que no haya recibido el aporte en tres (3) ocasiones.
  • Que no haya estado obligada a restituir el aporte estatal del Paef.

Documentos requeridos para acceder al beneficio:

Las entidades sin ánimo de lucro declarantes de ingresos y patrimonio y de información exógena por el año gravable 2019 que cumplan con los requisitos deberán presentar, ante la entidad financiera en la que tengan un producto de depósito, los siguientes documentos:

  1. Formulario estandarizado de la UGPP, firmado por el representante legal de la entidad sin ánimo de lucro, en la cual se manifiesta la intención de ser beneficiaria del Programa de Apoyo al Empleo Formal –Paef–.
  2. Certificación, firmada por el representante legal y por el contador público (o revisor fiscal si la entidad está obligada a tener uno), en la que se certifique:
  • La disminución del 20 % de los ingresos.
  • Que los empleados sobre los cuales se reciba el aporte efectivamente recibieron el salario correspondiente al mes inmediatamente anterior; o
  • Que sin perjuicio de lo anterior, se pagarán, a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de los recursos, las obligaciones laborales adeudadas.

Método del cálculo de la disminución del 20 % de los ingresos de la entidad sin ánimo de lucro:

Tenga en cuenta que, atendiendo lo dispuesto en los numerales 1 y 2 del artículo 3 de la Resolución 001129 del 20 de mayo de 2020, se establecen dos opciones para realizar dicho cálculo:

  • Comparar los ingresos de la entidad, del mes inmediatamente anterior al de la solicitud del aporte, con respecto a los ingresos del mismo mes de 2019.
  • Realizar un contraste entre los ingresos de la entidad, del mes inmediatamente anterior al de la solicitud del aporte, y el promedio aritmético de ingresos de enero y febrero de 2020.

Henry Moya y Daniel Sarmiento han elaborado un modelo en Excel y lo comparten a través de Actualícese, para que usted pueda verificar las opciones posibles para efectuar dicho cálculo. Descárguelo aquí: Cálculo de disminución de ingresos Paef.

Otros puntos importantes a saber:

  • Tenga en cuenta que el subsidio otorgado es el equivalente al 40 % de un salario mínimo de los trabajadores, es decir, que entidades que apliquen y cumplan con los requisitos recibirán $351.121 por cada trabajador.
  • El Paef estará vigente por los meses de mayo, junio y julio de 2020.
  • La entidad solo podrá solicitar, por una única vez mensualmente, el aporte estatal del que trata este programa, hasta por un máximo de tres (3) meses.
  • Este subsidio será girado a través del sistema financiero; solo se requiere que el beneficiario cuente con un producto de depósito en una entidad financiera. Además, cabe anotar que el sistema no recibirá un porcentaje por su papel de intermediario para esta medida.

Con base en todo lo mencionado hasta el momento, y con el fin de entregarle una base editable, compartimos este formato.

Descargue aquí nuestro formato Certificación para subsidio de nómina Paef – entidad sin ánimo de lucro declarante de ingresos y patrimonio.

Si desea descargar el modelo de certificación de subsidio para una empresa, ingrese a este editorial Informe del contador o revisor fiscal para que una entidad acceda al subsidio de nómina, en el que compartimos 6 herramientas preparadas por Luis Henry Moya, Daniel Sarmiento Pavas y José Hernando Zuluaga.

Por otra parte, si desea conocer este modelo adecuado para solicitantes personas naturales, ingrese aquí: Certificación para que una persona natural acceda al subsidio de nómina – Paef –; o para entidades sin ánimo de lucro que pertenecen al régimen tributario especial, declarantes de renta y reportantes de información exógena por el año gravable 2019, ingrese aquí: Certificación para subsidio de nómina Paef – entidad del régimen tributario especial.

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