El trabajador puede hacer un retiro parcial o total de las cesantías para ser invertido en la adquisición o mejoramiento de su vivienda, pago del impuesto predial o el pago de crédito hipotecario.
Las cesantías se pueden retirar para compra de vivienda, terrenos o lotes.
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Las cesantías son una prestación social. Consiste en el pago de un mes de salario por cada año de servicio y proporcionalmente por fracción de año.
Estas buscan otorgar al trabajador un auxilio económico disponible en períodos de desempleo, aunque también pueden disponerse durante la vigencia de la relación laboral, sea para la adquisición o remodelación de vivienda, estudios de educación superior, compra de acciones del Estado, entre otros.
Esta prestación debe ser consignada a más tardar el 14 de febrero de cada año en el fondo de cesantías previsto para este objetivo.
Para Andrés Vásquez, administrador de empresas especialista en Gerencia Comercial y vicepresidente comercial de Porvenir, hablar de cesantías debería ser sinónimo de ahorrar con propósito.
Toda persona que pertenece al mercado laboral de manera formal tiene derecho a que su empleador le consigne cesantías. Las cesantías son una prestación social que la ley otorga a las personas que ganan salarios corrientes.
Desde su punto de vista, lo ideal es que los trabajadores las utilicen cuando se encuentran desempleados, pero, como ya se dijo anteriormente, «estas se pueden usar para estudio, adquisición de vivienda o mejora de la misma».
Como ya se dijo anteriormente, la ley colombiana permite destinar este ahorro para compra de vivienda. En Porvenir, en 2022 por este concepto se realizaron desembolsos por $1,18 billones, registrando una disminución de 0,2 % comparado con el 2021, cuando los retiros sumaron $1,19 billones.
El trabajador puede hacer un retiro parcial o total de las cesantías para ser invertidas en la adquisición o mejoramiento de su vivienda, pago del impuesto predial o el pago de crédito hipotecario.
Entre los requisitos para poder contar con estos recursos y destinarlos para este fin están:
No hay un porcentaje establecido de retiro. El trabajador puede hacer un retiro parcial o total del saldo de sus cesantías para invertirlas en la adquisición o mejoramiento de su vivienda, pago del impuesto predial o para hacer abonos al crédito hipotecario.
Los afiliados pueden retirar sus cesantías para financiar vivienda propia, pero es importante tener en cuenta que este beneficio es exclusivo para el trabajador, su cónyuge o compañero permanente. Lo anterior no aplica para los padres, hermanos u otro familiar del afiliado.
Las cesantías se pueden retirar para compra de vivienda, terrenos o lotes.
Un trabajador independiente puede hacer el retiro de las cesantías directamente al fondo de cesantías al cual esté vinculado, solicitando los recursos de forma parcial o total y presentando su documento de identidad.