Costos soportados en la factura electrónica para la devolución automática de saldos a favor


Costos soportados en la factura electrónica para la devolución automática de saldos a favor
Actualizado: 10 octubre, 2023 (hace 7 meses)

Para que la devolución automática de saldos a favor pueda ser recibida en solo 15 días hábiles, en lugar del plazo ordinario, se deben soportar los costos y gastos registrados en la factura electrónica de acuerdo con lo establecido en el artículo 855 del ET.

Conoce más detalles aquí.

En el siguiente video, el Dr. Diego Guevara responde la siguiente inquietud: ¿actualmente cuál es el porcentaje de costos y gastos que deben estar soportados en factura electrónica para tramitar la devolución automática de saldos a favor?

De acuerdo con lo dicho por el conferencista, el parágrafo 5 del artículo 855 del ET establece que cuando alguien quiere tramitar una solicitud de devolución de saldos a favor en menor tiempo (es decir, en solo 15 días hábiles), y no de forma ordinaria (en 50 días), existe el requisito de que sus costos y gastos deben estar soportados en factura electrónica. Este parágrafo establece lo siguiente:

Parágrafo 5.  La Dian podrá devolver, de forma automática, los saldos a favor originados en el impuesto sobre la renta y sobre las ventas.

El mecanismo de devolución automática de saldos a favor aplica para los contribuyentes y responsables que:

a) No representen un riesgo alto de conformidad con el sistema de análisis de riesgo de la Dian;

b) Hasta el veinticinco (25 %) de los costos o gastos y/o impuestos sobre las ventas descontables provengan de proveedores que emitan sus facturas mediante el mecanismo de factura electrónica. Serán excluidos del cálculo del porcentaje mínimo que debe soportarse con factura electrónica de venta los costos y gastos que al momento del cálculo no sean susceptibles de ser soportados por el mecanismo de factura electrónica, tales como amortizaciones, depreciaciones y pagos de nómina. De igual forma las declaraciones de importación serán soporte de costos y/o.

A partir del primero (1) de enero de 2021, el porcentaje a aplicar será de más del ochenta y cinco por ciento (85 %).

(…)

(El subrayado es nuestro).

Así las cosas, a partir de enero de 2021, el porcentaje definido para soportar los costos y gastos en factura electrónica para tramitar la devolución automática de saldos a favor es del 85 %.Quienes no presenten la relación de costos y gastos estarán sujetos al plazo de 50 días hábiles mencionado en el primer inciso del artículo 855 del ET.

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Por otra parte, la Resolución Dian 000082 de julio de 2020 prescribió el formato 2613 v. 1, que se debe diligenciar para tramitar la devolución del saldo a favor con devolución automática. Los pasos para realizar dicha solicitud se encuentran en los artículos 1.6.1.21.1 hasta 1.6.1.21.31 y 1.6.1.29.1 hasta 1.6.1.29.3 del DUT 1625 de 2016, modificados por el Decreto 176 de febrero de 2022.

Para mayor amplitud sobre la preparación del formato 2613, accede a nuestro análisis Prescrito formato 2613: relación de costos y gastos para devolución automática de saldos a favor.

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