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La entidad ya prescribió los dos formularios para el respectivo tratamiento tributario de los recién creados impuestos saludables: bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados.
A través de la Resolución 000158 del 25 de octubre de 2023, la Dian prescribió los dos formularios que se deben usar para el pago de los dos nuevos impuestos saludables creados.
El formulario 505 – Impuestos a la importación de bebidas ultraprocesadas azucaradas y productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas.
El formulario 690 – Recibo oficial de pago de tributos aduaneros y sanciones cambiarias, versión 9.
Los obligados a presentar estos formularios deberán hacerlo a través de los servicios informáticos dispuestos por la Dian a partir del 1 de noviembre de 2023.
Sobre la información de productos gravados, inciso 2 del artículo 513-3 del ET y parágrafo 1 del artículo 513-6 del ET, deberá informarse en la casilla de «descripción de marcancías» de la declaración aduanera de importación que corresponda.