Como persona natural debes evaluar tus responsabilidades tributarias frente a la Dian. Por ejemplo, si te dedicas en el 2025 a vender bienes o servicios que actualmente estén gravados con IVA, INC, IBUA e ICUI, es claro que tendrás que liquidar y pagar dichos impuestos. ¡Conoce aquí cuándo no debes hacerlo!
En este editorial listamos los requisitos que deben cumplirse para operar durante el 2025 como no responsable de los impuestos saludables: IBUA (impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas) e ICUI (impuesto a los comestibles ultraprocesados industrialmente).
Sigue leyendo para conocer los detalles.
El servicio de expendio de comidas y bebidas, la prestación de servicios de telefonía móvil e internet, entre otros, generan el INC, según el artículo 512-1 del ET.
En este editorial listamos los requisitos que deben cumplirse para operar durante el 2025 como no responsable del INC.
Durante el 2025 las personas naturales que pertenezcan al régimen ordinario del impuesto de renta deberán cumplir con más requisitos para operar como no responsables del IVA en comparación con aquellos que se exigen a las personas naturales del régimen simple.
Explora los detalles a continuación.
Hasta el 22 de diciembre de 2024, los contribuyentes podrán enviar sus comentarios sobre este proyecto que prescribiría el formulario 505, versión 2. La Dian publicó un proyecto de resolución, con el cual adiciona el segundo inciso al artículo 1 de la Resolución 158 de 2023 y se prescribe el Formulario 505, versión 2. Este […]
Los parágrafos de los artículos 513-1 y 513-6 del ET permiten restar en las declaraciones del IBUA y el ICUI solamente el impuesto que se origine por las operaciones anuladas, rescindidas o resueltas, pero sin llegar a formar posibles saldos a favor que se podrían solicitar en devolución.
Aunque los impuestos saludables se están generando desde noviembre de 2023, en la Resolución162 de 2023, con la cual se solicitó la información exógena del año gravable 2024 y siguientes, la Dian no diseño formatos ni conceptos especiales para su reporte.
Te informamos de los detalles aquí.
Desde 2025 las tarifas de $28 y $55, basadas en el contenido de azúcar por cada 100 ml, subirán a $38 y $65. El IBUA sigue siendo un impuesto monofásico que solo afecta a importadores y productores de bebidas azucaradas, quienes continuarán presentando su declaración bimestral en el formulario 335 sin pago.
¿Existe responsabilidad penal para quienes no facturen, o no paguen oportunamente los impuestos saludables de los artículos 513-1 a 513-13 del ET?
¿En relación con el impuesto a los plásticos de un solo uso, cuáles son los únicos plásticos de un solo uso sobre los cuales no se genera dicho impuesto?
¿Qué ha indicado la Dian sobre si el impuesto a los plásticos de un solo uso se debería o no detallar dentro de la factura de venta expedida por los productores de dichos bienes?
El director de la Dian explica cómo se establece la destinación que tendrán los impuestos, el control que se ejerce sobre el gasto del presupuesto y la manera en la que los ciudadanos pueden ser partícipes de estas decisiones.