Responde conferencista: Diego Guevara
¿En el reporte de información exógena del año gravable 2020, en qué casos se debe utilizar el seudo-NIT 222222222?
Pregunta resuelta 25 de febrero de 2021
En esta publicación, el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, da a conocer si en los formatos de exógena 1001, 1007, 1006, 1009 y 1008 se podrán reportar en un solo registro con el concepto correspondiente y el seudo-NIT 222222222.
Adicionalmente, menciona más datos importantes relacionados al reporte de información exógena del año gravable 2020 y la implementación del seudo-NIT 222222222.
Cabe mencionar que el seudo-NIT 222222222 sólo se puede utilizar para reportar cuantías menores que en la norma claramente fijada.