Hay que recordar que para la aplicación de las NIIF para Pymes debe hacerse un cronograma y se debe aprobar el proyecto de implementación. Las Superintendencias emitieron cartas circulares relacionadas con el Grupo 1 y exigieron unos cronogramas. Sin embargo, la recomendación es no esperar. Si ya se debe iniciar con NIIF Plenas, lo correcto es hacerlo.
Los administradores son los responsables de este proyecto que afectará los Estados Financieros, la Gerencia o la Junta Directiva, quienes tendrán que aprobar el proyecto de implementación. En caso de ser Junta Directiva deberá registrase en un acta y dicho proyecto de implementación, posteriormente deberá ser aprobado por la Asamblea General de Accionistas.
Aunque no lo exijan todavía, es algo natural y obvio que debe hacerse. No se debería necesitar ninguna norma que lo establezca, y recuerde que en cualquier momento la Superintendencia va a pedir esta tarea, bien sea de Sociedades, Superintendencia Financiera o la Superintendencia de Economía Solidaria. Por lo tanto, empiecen a hacerlo de una vez, con los formatos que ya se presentaron el año anterior, los cuales pueden encontrar en la Superintendencia de Sociedades.