Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reflexión sobre la confianza pública en la Revisoría Fiscal, acorde con la ley 1314 de 2009. Un poco de historia – Jesús María Peña Bermúdez


Hace exactamente 43 años se celebraba en la ciudad de Bogotá durante los días 26 y 27 de noviembre de 1971 el primer congreso de Revisores Fiscales, auspiciado por el Instituto Nacional de Contadores Públicos y en esta gran ciudad de Cali ejemplo de la salsa, la alegría, y el civismo se reunía, como hoy, en 1973 el tercer congreso de los Contadores Públicos.

Jesús María Peña BermúdezApelo a estas coincidencias para que me sea permitido por esta magna audiencia retomar a saltos un poco de la historia contable colombiana, que ayudarán a comprender más fácilmente la razón de ser de muchos de los temas que hoy vive el ejercicio de nuestra Contaduría Pública, apoyándome para ello en el libro del Contador Público  Régulo Millán Puentes, a quien la Federación de Contadores Públicos de Colombia-Fedecop rindió homenaje en el año 1972 consagrándolo como el Precursor de la Profesión de la Contaduría Pública en Colombia, y donde el Contador Público Rafael Vieira Moreno hizo un panegírico cuyo contenido no debe ser olvidado por la Profesión:

El Decreto 686 de 1952 da vida a la primera Facultad Nacional de Contaduría y Ciencias Económicas. En 1955 la Academia Colombiana de Contadores Públicos Titulados, logró que del anteproyecto al Decreto 2373 se aboliera la obligación de someterse a examen en el Instituto Nacional de Contadores Públicos los profesionales de la ciencia contable una vez que recibieran su título universitario y en el año 1956 los contadores públicos ya organizados logran la expedición de dicho Decreto Legislativo, publicado en el diario oficial el 5 de octubre del mismo año.

En la búsqueda del primer estatuto reglamentario de la Contaduría, los precursores tropezaron con los intereses de firmas extranjeras de contadores, las que vieron en la reglamentación una seria amenaza para sus monopolios. Esas firmas se oponían a toda forma de reglamentación porque consideraban que se menoscababa su Good Will internacional, y sabían que al reglamentarse la profesión, la juventud colombiana se interesaría por ingresar a las universidades a prepararse en sus disciplinas, y que pronto contadores colombianos reclamarían el derecho a ejercer su profesión y de sustituir a los monopolios extranjeros que la explotaban, como en efecto poco a poco ha venido ocurriendo.

Nace en noviembre de 1956 por la necesidad de organización, la Unión Nacional de Contadores liderada por Régulo Millán y como represalia desde el Instituto Nacional de Contadores Públicos, con secretario ajeno a la profesión, fue calificado como traidor por el logro de ingresar a la profesión sin examen, tildado de desleal al Instituto y expulsado del mismo.

En 1969 el presidente de Colombia Carlos Lleras Restrepo ante el presidente de los Estados Unidos y 300 periodistas exponía que una compañía extranjera que hace negocios en Colombia, solicitó hace algún tiempo autorización para girar US$230.000.oo en utilidades de un año. Había recibido préstamos del sistema bancario colombiano por valor de US$2.300.000.oo, el capital total pagado de esa firma era de US$14.000.oo. En otras palabras la compañía estaba sacando del país en un año el equivalente a 16 veces su inversión original. En otra compañía, una empresa mixta, el socio extranjero con un capital pagado de US$200.000.oo recibió US$900.000.oo en ganancias y US$700.000.oo en regalías en un solo año. Hasta aquí estos saltos de la historia de Millán.

Si bien desde antes de 1960 se venía buscando la forma de establecer unos principios sobre los cuales se base la contabilidad y la auditoría de sus cifras, es hasta 1977 que se crea en Alemania la IFAC por 63 miembros, con el fin de fortalecer la profesión contable en todo el mundo de cara al interés público con los siguientes propósitos:

Desarrollar normas internacionales de alta calidad en las áreas de auditoría, aseguramiento, contabilidad para el sector público, ética y formación para profesionales de la contabilidad, así como apoyar su adopción y uso; Facilitar la colaboración y cooperación entre sus organismos miembros; Colaborar y cooperar con otras organizaciones internacionales; y Servir como portavoz internacional de la profesión contable.

Todos conocemos los grandes escándalos financieros de la década del /80, /90,/00 que genera la pérdida de la credibilidad y confianza en el ejercicio profesional de los Contadores de los países desarrollados y  sus reportes financieros conduciendo a la necesidad en el año 2001 de crear un Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad conocido como IASB, cuya sede es Londres con el fin de unificar y emitir normas generales de contabilidad de alta calidad, que exijan transparencia y comparabilidad dentro de la información contenida en los estados financieros, así como normas de auditoría y aseguramiento, para lo cual se crea la Fundación IFRS, antes llamada IASC (IFRS . 2014).

Las Normas de Aseguramiento, expone Accountabiliy así:

En principio la norma está pensada para ser utilizada por proveedores y profesionales de aseguramiento de sostenibilidad. También esta norma puede ser de utilidad para aquellos que elaboran informes y buscan aseguramiento de acuerdo con esta norma, así como para los usuarios de los informes de aseguramiento de sostenibilidad y otros agentes encargados de la elaboración de estándares.

Luego no tiene que ver con la fe pública tal como está concebida internacionalmente, pero que pretenden algunos a su amparo, destruir la normatividad que existe en Colombia relativa a la confianza y fe pública a través del  atestiguamiento, como veremos. Otro aspecto a observar es, que en materia financiera se expone como Normas de Auditoría y de Aseguramiento de la información, a lo cual me referiré más adelante, porque tras los diferentes escándalos por obtención en forma indebida de información, el Congreso de la República en el año 2009 emite la Ley 1273 por medio de la cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado – denominado “de la protección de la información y de los datos”- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones. Busca la norma proteger la información de los datos informáticos entre los cuales están los comprendidos en la Ley 527 de 1999. Es decir, busca la norma la protección y aseguramiento de la información electrónica.

Posteriormente se expide la Ley 1314 del mismo año en la cual se incluye en relación con información financiera: normas de auditoría y de aseguramiento de la información.

Autor:

Contador Público, Abogado Jesús María Peña Bermúdez
Ponencia en XXXI Simposio de Revisoría Fiscal- Cali
jmpenab@gmail.com

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