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A continuación encontrarás algunas sanciones establecidas en el Estatuto Tributario y el Código de Comercio aplicables a entidades que no tengan la contabilidad bajo Estándares Internacionales
Recuerda que no implementar dichos estándares hace que la contabilidad no sirva como prueba contable
Para que la contabilidad sirva como prueba contable para efectos legales se deberá dar cumplimiento al marco normativo contenido en el DUR 2420 de 2015 a continuación presentamos aspectos clave que deben tenerse en cuenta
La Ley 1314 de 2009 denominada ley de convergencia contable dio inicio al proceso de convergencia hacia Estándares Internacionales en Colombia
Entre los objetivos que originaron su creación se encuentra expedir normas contables de información financiera y de aseguramiento de la información que conformen un sistema único y homogéneo de alta calidad comprensible y de forzosa observancia
El artículo 2 de esta ley indica
La presente Ley aplica a todas las personas naturales y jurídicas que de acuerdo con la normatividad vigente estén obligadas a llevar contabilidad así como a los contadores públicos funcionarios y demás personas encargadas de la preparación de estados financieros y otra información financiera de su promulgación y aseguramiento
De esta manera se tiene que cualquier obligado a llevar contabilidad deberá hacerlo de acuerdo con el estándar correspondiente a su grupo de aplicación Es así como se concluye que los requerimientos de la Ley 1314 de 2009 los deben cumplir todas las personas naturales y jurídicas que de acuerdo con la normativa vigente estén obligadas a llevar contabilidad
Este requerimiento será aplicable también a los preparadores de la información financiera tales como contadores funcionarios entre otros encargados de su promulgación y funcionamiento
Al respecto consulta nuestra Plantilla para clasificar una entidad en un grupo de aplicación de los Estándares Internacionales en la cual se podrá clasificar automáticamente una empresa diligenciando la información solicitada Esto de acuerdo con las disposiciones del DUR 2420 de 2015 el cual contiene el marco técnico normativo aplicable en Colombia para cada grupo de aplicación de los Estándares Internacionales y las condiciones que se deben cumplir para pertenecer a ellos
La regulación colombiana de acuerdo con el artículo 19 del Código de Comercio indica
Es obligación de todo comerciante
Por lo anterior todas las personas naturales y jurídicas que desarrollen actividades mercantiles están en la obligación de llevar contabilidad No obstante desde el punto de vista tributario la ley otorga el deber de llevar contabilidad a las personas responsables de IVA antes denominado régimen común del impuesto a las ventas
En el siguiente video el Dr Juan Fernando Mejía explica cuáles son los requisitos para que una persona natural sea obligada a llevar contabilidad
De acuerdo con la Consulta 1097 del 23 de noviembre de 2020 resuelta por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública CTCP no tener la contabilidad bajo las Normas Internacionales de Información Financiera contenidas en los anexos del Decreto 2420 de 2015 puede generar sanciones pues la contabilidad no se estaría llevando conforme a los principios de contabilidad de general aceptación
Así para que la contabilidad sirva como prueba contable para efectos legales se deberá dar cumplimiento al marco normativo contenido en el Decreto 2420 de 2015 Para esto se debe tener en cuenta el grupo de convergencia al que pertenece la entidad
En tal orden de ideas algunos fundamentos legales que dan pie a la aplicación de sanciones para entidades que no tengan la contabilidad bajo el marco normativo internacional están señalados en el artículo 655 del Estatuto Tributario ET el cual establece que
Sin perjuicio del rechazo de los costos deducciones impuestos descontables exenciones descuentos tributarios y demás conceptos que carezcan de soporte en la contabilidad o que no sean plenamente probados de conformidad con las normas vigentes la sanción por libros de contabilidad será del medio por ciento 05 del mayor valor entre el patrimonio líquido y los ingresos netos del año anterior al de su imposición sin exceder de 20000 UVT
Cuando la sanción a que se refiere el presente artículo se imponga mediante resolución independiente previamente se dará traslado del acta de visita a la persona o entidad a sancionar quien tendrá un término de un 1 mes para responder
Parágrafo No se podrá imponer más de una sanción pecuniaria por libros de contabilidad en un mismo año calendario ni más de una sanción respecto de un mismo año gravable
Las irregularidades en la contabilidad según el artículo precedente implican sanciones del 05 del mayor valor entre el patrimonio líquido activos pasivos y los ingresos netos ingresos devoluciones cancelaciones rebajas del año anterior al suministro de información que pueda ser requerida por las autoridades Sin embargo dicha sanción no excederá las 20000 UVT año gravable 2022 $38004 × 20000 = $760080000
Por otro lado el artículo 58 del Código de Comercio establece que
el no suministro de la información requerida por las autoridades de conformidad con las normas vigentes o el incumplimiento de la prohibición de ejercer el comercio profesión u oficio proferida por autoridad judicial competente será sancionada con multa entre diez 10 y mil 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes atendiendo criterios de necesidad razonabilidad y proporcionalidad La multa será impuesta por la Superintendencia de Sociedades o del ente de inspección vigilancia o control correspondiente según el caso de oficio o a petición de cualquier persona
Por consiguiente las violaciones sobre los libros de comercio por no suministrar la información requerida por las autoridades de conformidad con las normas vigentes ocasionarían multas que con el monto del smmlv de 2022 oscilan entre $10000000 $1000000 × 10 y $1000000000 $1000000 × 1000
Ten en cuenta que
De acuerdo con el artículo 49 de la Ley 1955 de 2019 Plan nacional de desarrollo 2018 2022 a partir del 1 de enero de 2020 todas las sanciones y multas denominadas y establecidas con base en el salario mínimo mensual legal vigente SMMLV deben ser calculadas conforme a su equivalencia en términos de Unidad de valor Tributario UVT
Para finalizar observemos la respuesta del Dr Juan David Maya consultor de Estándares Internacionales a la siguiente pregunta qué tipo de sanción puede imponerse a las empresas que a la fecha no han implementado los nuevos marcos contables de información financiera