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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Aportes al fondo de solidaridad pensional como ingresos no constitutivos de renta


Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Los aportes al fondo de solidaridad pensional son ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional, y deben incluirse como tal en la depuración para el cálculo de la retefuente?

Resueltas octubre 25 de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, menciona que para atender la consulta se deben estudiar las instrucciones dadas en el artículo 55 de la Ley 55 del Estatuto Tributario, el cual establece que los aportes obligatorios realizados a los fondos de pensión se deben tomar como un ingreso no gravado en la declaración de renta.

Del mismo modo se precisa que el aporte obligatorio efectuado al fondo de solidaridad pensional por las personas que perciben ingresos de más de cuatro salarios mínimos mensuales también debe ser tomado como un ingreso no gravado.

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