Respuesta de Juan Fernando Mejía a la pregunta:
¿Cuáles son los efectos tributarios de revaluar activos en el ESFA o en períodos posteriores?
Juan Fernando Mejía, experto en Normas Internacionales e impuestos señala que la depreciación que se genera o calcula sobre la revaluación de activos en el Esfa no es aceptada fiscalmente, razón por la cual no se puede tomar como un gasto deducible en la presentación de la declaración de renta de acuerdo con lo indicado en el artículo 289 del Estatuto Tributario.
Es de anotar que la situación mencionada obliga a determinar unas partidas conciliatorias, por no poder tener en cuenta la depreciación calculada después de la revalorización de los activos.