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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Consultorio sobre RUT, firmas y otras obligaciones tributarias formales


Actualizado: 13 septiembre, 2022 (hace 2 años)

Aquí hablaremos sobre...

El RUT es un mecanismo para identificar, ubicar y clasificar a las personas y entidades con calidad de contribuyentes de las obligaciones tributarias formales.

En este consultorio se abordarán temas relacionados con el RUT, las firmas y otras obligaciones formales que deben cumplir los contribuyentes.

Preguntas resueltas 1 de septiembre de 2022.

Los contribuyentes deben dar cumplimiento a las obligaciones formales que les permiten ejecutar o cumplir con las obligaciones sustanciales; dentro de estos deberes formales se encuentra la inscripción en el RUT. El artículo 555-2 del Estatuto Tributario precisa que el RUT es aquel mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes, declarantes y demás sujetos de obligaciones administradas por la Dian.

Al interior de este consultorio se mencionan temas en relación con los saldos a favor, para profundizar sobre ello se puede afirmar que estos constituyen aquellos excedentes de las declaraciones de renta o IVA que se pueden recuperar a través de la devolución o compensación.

En el caso de la renta, los saldos a favor surgen por retenciones en la fuente o autorretenciones que se hayan liquidado y pagado ante la Dian, anticipos de años anteriores o beneficios tributarios. En el caso del IVA, los saldos a favor son generados por la proporcionalidad del IVA descontable en relación con el impuesto generado en las ventas.

Por último, cabe resaltar que aquellos saldos a favor generados en las declaraciones de IVA por los contribuyentes obligados a llevar contabilidad deben contener la firma del contador público vinculado o no laboralmente a la entidad. Del mismo modo este requisito será extensivo a las declaraciones de renta cuando el declarante obligado a llevar contabilidad, tenga  un patrimonio bruto o ingresos brutos superiores a los 100.000 UVT.

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A continuación, el Dr. Diego Guevara Madrid, líder de investigación tributaria de Actualícese, responde 10 inquietudes sobre el RUT, las firmas y otras obligaciones formales.

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