Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Manejo de los pasivos por impuesto de renta según las NIIF


Manejo de los pasivos por impuesto de renta según las NIIF

Mientras el impuesto de renta corriente en NIIF no ha cambiado el diferido sí. El corriente es el que se calcula en la declaración de renta y antes de emitir estados financieros ya se sabe cual es el impuesto definitivo.

Brevemente veamos el siguiente caso. El pasivo por impuesto de renta, ¿cómo se maneja en NIIF (IFRS)? ¿Se causa en el año o cuando se paga?

En NIIF, el impuesto de renta se divide en impuesto corriente y en diferido. Mientras el primero no ha cambiado, el segundo sí.

El impuesto de renta corriente es el que se calcula en la Declaración de Renta. Algunos dicen “hagamos una provisión en diciembre y la ajustamos en el año siguiente”. Hay que recordar que la mayoría de nosotros declaramos en el primer trimestre y antes de emitir estados financieros ya sabemos cuál es el impuesto definitivo.

No hay que olvidar la NIC 10 o Sección 32, en Pymes, que corresponde a hechos posteriores del cual se está emitiendo información. Si yo, así sea en enero y usé el impuesto pues tengo que devolverme y corregirlo. No se puede dejar como una cifra cualquiera. Además, se sabe cual es el valor.

Ni siquiera las entidades financieras realizan el cierre de estados financieros el 31 de diciembre o el 2 de enero. Pueden cerrar la parte de cuentas bancarias y cuentas de ahorro, pero no el resto de operaciones. Lo harán unos días después. Entonces si es cuestión de días hacen parte del periodo anterior.

En conclusión se causa en el año vigente, no en el que se paga. El impuesto de renta del 2014 se causa en el año 2014 así se declare y pague en el año 2015. Este es un procedimiento que no ha cambiado. El impuesto diferido sí ha cambiado.

Material Relacionado

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,