Tres demandas de inconstitucionalidad atacan los límites que la Ley 1823 de 2017 impuso a la obligación de adoptar salas de lactancia en las empresas privadas.
El parágrafo único del artículo 2° de la norma que adoptó la estrategia “Salas amigas de la familia lactante del entorno laboral” excluyó la aplicación de esta medida a las compañías del sector privado con capitales menores a 1.500 salarios mínimos mensuales legales vigentes y con menos de 50 empleadas.
Los escritos tienen en común los principios superiores que invocan como vulnerados: el derecho a la igualdad, la protección especial a la mujer, los derechos fundamentales de los niños, el derecho al trabajo, entre otras.
Justamente, aseguran que se desconoce la igualdad de oportunidades, pues no existe ningún argumento que justifique cercenar solo a algunas mujeres trabajadoras el derecho a lactar a sus hijos sin importar las condiciones de su empleador.
Fuente: Corte Constitucional.