Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Algunas diferencias y similitudes entre Obligados y No obligados a llevar Contabilidad


Ficha técnica:


Son varias e importantes las similitudes y diferencias que existen entre este tipo de contribuyentes frente al impuesto de Renta. Aquí mencionamos algunas de ellas.

Contenido:

  • Debe llevar contabilidad conforme a las normas del dec.2649/93?
  • ¿Como debe informar sus ingresos y sus costos y gastos?
  • ¿Qué pasa con el valor patrimonial de ciertos activos que se denuncian en al declaración, como los bienes raíces y las cuentas por cobrar?
  • ¿Puede aplicar el reajuste fiscal a sus activos fijos mencionado en el art.280 del ET?
  • Está sujeto a los cálculos del “componente inflacionario” con el cual puede tomarse como “ingreso no gravado” cierta parte de los ingresos por intereses, al igual que debe  desconocerse como “gasto no deducible”, una parte de los costos o  gastos por intereses?
  • ¿Pueden registrar el “Gasto depreciación” sobre sus activos fijos depreciables?
  • Pueden hacer uso de la “deducción por inversión en activos fijos productores de renta?
  • ¿Debe presentar sus declaraciones tributarias con firma de Revisor Fiscal?
  • ¿Debe presentar sus declaraciones tributarias con firma de Contador?
  • ¿Qué pasa si estando obligado a llevar contabilidad no la lleva o la lleva pero en forma indebida?

Diapositivas

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