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Facturación electrónica para bonos regalos expedidos en almacenes


¿Se debe expedir una “factura electrónica de venta” o un “documento equivalente a factura de venta” cuando en un almacén se expiden “bonos regalo” que el adquirente podrá darle a cualquier persona para que los use como medio de pago dentro de ese mismo almacén o dentro de un centro comercial?

La expedición de facturas electrónicas para bonos regalos en almacenes no es obligatoria hasta que se utilicen como medio de pago. La adquisición de bonos regalos no requiere factura de venta ya que no constituye una venta de bienes o prestación de servicios. El almacén solo facturará cuando se utilicen los bonos regalos como medio de pago.

Aspectos destacados

  • La expedición de facturas electrónicas para bonos regalos en almacenes no es obligatoria hasta su uso como medio de pago.
  • La adquisición de bonos regalos no requiere factura de venta, ya que no es una venta de bienes o servicios.
  • El almacén solo facturará cuando los bonos regalos se utilicen como medio de pago.

Diego Guevara, especialista en Impuestos y líder de investigación tributaria de Actualícese, explica este tema en el consultorio tributario “Casos especiales sobre operaciones que no se facturan″.

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