Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Hacienda de Bogotá emite lineamientos para la aplicación de la tasa de interés moratoria


Hacienda de Bogotá emite lineamientos para la aplicación de la tasa de interés moratoria
Actualizado: 13 marzo, 2023 (hace 1 año)

La Secretaría de Hacienda de Bogotá exhorta a todos los contribuyentes a cumplir con sus obligaciones fiscales en tiempo y forma.

La Secretaría de Hacienda de Bogotá emit las directrices para la aplicación del artículo 91 de la Ley 2277 de 2022.

Esta ley establece una moratoria temporal en las tasas de interés para las obligaciones fiscales pagadas por completo antes del 30 de junio de 2023.

Esta medida, que se aplica exclusivamente a las obligaciones fiscales del distrito que ya estaban vencidas al 13 de diciembre de 2022 o para las cuales se establecen planes de pago antes del 30 de junio de 2023, busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Los contribuyentes que opten por aplicar la moratoria, no tendrán que pagar ninguna tasa de interés por el importe total de la obligación fiscal pagada antes del 30 de junio de 2023.

La Secretaría de Hacienda de Bogotá exhorta a todos los contribuyentes a cumplir con sus obligaciones fiscales en tiempo y forma para poder aprovechar las ventajas de la moratoria temporal establecida en el Artículo 91 de la Ley 2277 de 2022.

Fuente: Secretaria Distrital de Hacienda.

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