A partir de enero 1 de 2013 se creó el Impuesto Nacional al Consumo para ciertos servicios y bienes, siendo su hecho generador la prestación de servicios, importación o venta de productos al consumidor final. A continuación se presentan 9 respuestas a preguntas frecuentes sobre el tema.
IVA pagado en compra de bienes y servicios por restaurante responsable de impuesto al consumo
Quienes desarrollan actividades relacionadas con el servicio de restaurante se encuentran excluidos del IVA, por tanto, el IVA de los costos y gastos en que incurren también constituye un mayor valor del costo que puede deducirse en la declaración de renta.
Gimnasio responsable del impuesto nacional al consumo
La preparación de bebidas para la venta de los usuarios de un gimnasio equivale a los servicios que prestan establecimientos como bares y/o restaurantes, por tanto, está incurriendo en el hecho generador del Impuesto Nacional al Consumo y se convertiría en responsable de dicho impuesto.
Facturación de IVA o impuesto nacional al consumo para empresa que presta servicio de restaurante
El servicio de catering se encuentra gravado con IVA, mientras que el servicio de restaurante está gravado con el impuesto nacional al consumo, por tanto, es necesario diferenciar ambos servicios.
IVA o Impuesto al consumo en la venta de crema de ron
La importación de crema de ron y su posterior venta a una licorera no hace responsable al comercializador del impuesto al consumo pero sí de IVA.
Declaración del impuesto al consumo para empresa que distribuye suministros alimenticios
La venta de insumos a una entidad que ofrece el servicio de restaurante no implica que el proveedor deba ser responsable del impuesto al consumo.
Servicios ofrecidos por Pre-Icfes gravados con impuesto nacional al consumo
El servicio de restaurante prestado por las entidades educativas, previo cumplimiento de ciertas condiciones, se encuentra excluido del impuesto nacional al consumo así como también de IVA.
Discriminación del Impuesto al Consumo en alimentación que empresario da a trabajador
Si la empresa prepara alimentos solo para el consumo de sus trabajadores, no está realizando actividades que la conviertan en responsable del impuesto al consumo.
Sanciones por no facturar para personas naturales del régimen simplificado del impuesto al consumo
La DIAN ha manifestado que no se puede imponer sanción a los pertenecientes al régimen simplificado del impuesto al consumo por no expedir factura o expedirla sin los requisitos.
Si el contribuyente firma la declaración en el lugar que no le corresponde, implica que esta aún falta y, por tanto, puede entenderse la declaración como no presentada; la DIAN cuenta con dos años para calificarla como tal.