Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ingresos provenientes del exterior recibidos por una entidad del régimen tributario especial


Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Qué tratamiento tributario aplica a los ingresos recibidos por una entidad del régimen tributario especial, si estos provienen del exterior?

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, aclara que, si se trata de una entidad del régimen tributario especial domiciliada en Colombia tendrá que reportar en su respectiva declaración de renta los ingresos tanto de fuente nacional como extranjera.

Igualmente es importante mencionar que las entidades del régimen tributario especial tienen una tarifa especial para tributar sobre el impuesto de renta y complementarios correspondientes al 20 %.

Por último, se recomienda revisar el Decreto 2150 de diciembre 20 de 2017, normatividad que reglamentó todos los cambios introducidos por la Ley 1819 de 2016 relacionados con las entidades del régimen tributario especial.

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