Licencia de maternidad también es aplicable a hombres trans y a personas no binarias


Licencia de maternidad también es aplicable a hombres trans y a personas no binarias
Actualizado: 10 abril, 2024 (hace 3 semanas)

La Corte Constitucional declaró que las licencias para mujeres en la época del parto, incluida la licencia de maternidad, también son aplicables a los hombres trans y a personas no binarias. Esta decisión fue tomada con base en el principio de igualdad y la prohibición de discriminación.

La Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-324 de 2023, examinó si el artículo 236 del CST presentaba una omisión legislativa que podría vulnerar los derechos a la igualdad y seguridad social. Este artículo sobre las licencias en época del parto solo menciona a «mujeres», «trabajadoras» y «madres» como beneficiarias, sin hacer referencia explícita a hombres trans o personas no binarias.

Licencia de maternidad y otras licencias en la época del parto

En el artículo 236 del CST están establecidas las siguientes licencias para las mujeres en la época del parto:

  • Licencia de maternidad y sus diferentes clases: preparto, posparto, para madres de niños prematuros, con parto múltiple y con hijos en situación de discapacidad.
  • Licencia parental compartida.
  • Licencia parental flexible de tiempo parcial.

Hombres trans y personas no binarias también tienen derecho a las licencias para mujeres en la época del parto

La Corte, en la Sentencia C-324 de 2023, abordó el problema jurídico examinando la protección de los derechos fundamentales relacionados con el género y la identidad. Destacó que estos derechos garantizan la libre y autónoma expresión de la identidad de género, prohibiendo cualquier forma de discriminación.

Además, señaló que los hombres trans y las personas no binarias son sujetos de especial protección constitucional. Asimismo, la Corte interpretó que las disposiciones que protegen la maternidad no se limitan exclusivamente a las mujeres, sino que también se aplican a hombres trans y personas no binarias.

Por lo tanto, las expresiones “trabajadora”, “madre” y “mujer” contenidas en el artículo 236 CST se ajustan a la Constitución en el entendido de que las licencias en la época del parto también son aplicables a los hombres trans y personas no binarias.

Para profundizar sobre la licencia de maternidad, te invitamos a consultar nuestra Cartilla Práctica Licencias e incapacidades laborales: protección y garantías para el trabajador.

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