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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pérdidas fiscales formadas con la utilización de deducciones fiscales especiales no se pueden compensar


Pérdidas fiscales

La norma contenida en el inciso sexto del artículo 147 del Estatuto Tributario indica que las pérdidas fiscales formadas con la utilización de deducciones fiscales especiales no podrán ser compensadas en los ejercicios fiscales siguientes.
A continuación, explicamos todos los detalles.

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