Las vacaciones colectivas son una modalidad que permite a las empresas organizar el descanso de sus empleados en bloque. En este artículo explicamos las reglas y condiciones legales que deben considerar los empleadores para concederlas de manera correcta.
Las vacaciones laborales en Colombia son un derecho que tiene todo trabajador de disfrutar de un período de descanso remunerado, después de haber trabajado durante un año continuo para su empleador.
Según el Código Sustantivo del Trabajo, este descanso tiene una duración de 15 días hábiles consecutivos, los cuales deben ser concedidos y pagados por el empleador (artículo 186).
Las vacaciones colectivas son un período de descanso que el empleador concede simultáneamente a todos o a un grupo de empleados de la empresa. Generalmente, se otorgan en situaciones como cierres operativos programados o durante temporadas bajas, como en Navidad o Año Nuevo.
La relación con las vacaciones anticipadas radica en que, al otorgarse de forma colectiva, muchos trabajadores aún no han cumplido el año de servicio requerido. Esto hace que las vacaciones colectivas puedan ser anticipadas, ya que se otorgan antes de completar el período anual.
En diferentes pronunciamientos la Corte Suprema de Justicia se ha referido a las reglas para conceder las vacaciones colectivas. Las resumimos a continuación:
En el siguiente video, Angie Vargas, experta en temas laborales, explica este tema:
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