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Retenciones a título del CREE, ¿a quiénes se les debe practicar?


Retenciones a título del CREE, ¿a quiénes se les debe practicar?

Están por fuera las entidades que sean no contribuyentes del impuesto de renta y todas las personas naturales y sucesiones ilíquidas, sin importar qué actividad realizan. De la misma forma las entidades extranjeras y personas naturales extranjeras que se ganen ingresos en Colombia pero sin tener establecimientos permanentes en Colombia.

La retención a título del impuesto a la equidad CREE solo se debe practicar a sociedades y otros entes jurídicos que sean sujetos pasivos del nuevo impuesto a la equidad. El art. 20 de la Ley 1607 y el art. 1 del Decreto 862 indican que las entidades que deben declararlo son:

1. Sociedades y demás entes jurídicos nacionales que sean contribuyentes declarantes del impuesto normal del renta y complementarios. Están incluidas las sociedades que disfruten de los beneficios de pequeñas empresas de la Ley 1429 de 2010, pues la 1607 no las exonera del nuevo impuesto a la equidad.

Lo anterior indica que quedan por fuera del impuesto a la equidad las entidades que sean no contribuyentes del impuesto de renta así como todas las personas naturales y sucesiones ilíquidas, así tengan empleados o no sin importar qué actividad realizan.

2. Sociedades y demás entes jurídicos extranjeros que sean contribuyentes del impuesto normal de renta ante el gobierno, sin importar qué actividad económica realizan y si tienen nóminas o no, solo si los ingresos que obtienen en Colombia son por medio de algún establecimiento permanente en Colombia.

Quedan por fuera las entidades extranjeras y personas naturales extranjeras que se ganen ingresos en Colombia pero sin tener establecimientos permanentes en Colombia.

Entre las entidades nacionales o extranjeras que quedan sujetas al CREE solo se exoneran…

a) Entidades sin ánimo de lucro (entidades del régimen tributario especial, código 04 en el RUT).

b) Sociedades instaladas a diciembre de 2012 en zonas francas existentes en esa fecha y que son sociedades que tributen en renta con tarifa del 15%; las que actúan como usuarias operadores o usuarias industriales.

c) Sociedades que lleguen a instalarse en esas zonas francas que ya existían en diciembre de 2012 y que también tributarán al 15%. No quedarán exoneradas las sociedades que se instalen en las nuevas zonas francas que se creen después de diciembre de 2012.

Además, si se trata de un consorcio o unión temporal, y la facturación de los ingresos del consorcio o unión se hace con el NIT del consorcio y no con el de sus consorciados, será necesario que en dicha factura se identifique el porcentaje de participación de cada miembro, y si alguno o varios de los miembros del consorcio es sujeto pasivo del impuesto a la equidad para que el agente de la retención a título del CREE sepa en ese caso cómo practicar la respectiva retención del CREE.

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