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CAPÍTULO 10. FÓRMULAS PARA LA LIQUIDACIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES Y HORAS EXTRA

Esta tabla incluye las fórmulas que pueden usarse para calcular, entre otras liquidaciones laborales,
las siguientes:

Se debe tener en cuenta que, respecto a este último concepto, de acuerdo con el artículo 159 del Código Sustantivo del Trabajo –CST–, el “trabajo suplementario o de horas extra es el que excede de la jornada ordinaria, y en todo caso el que excede de la máxima legal”. Además, se entiende como trabajo diurno el que se realiza entre las 6:00 a. m. y las 9:00 p. m. Así lo establece la modificación que realizó el artículo 1 de la Ley 1846 de 2017 al artículo 160 del CST.

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Dentro de las principales modificaciones que buscaría la reforma laboral que aún está en debate, se encuentra la disminución de la jornada diurna, estableciéndose de 6:00 a. m. a 7:00 p. m. Te invitamos a revisar nuestros boletines diarios para conocer avances relacionados con este tema.

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10.1. REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL EN COLOMBIA

La Ley 2101 de 2021 determinó una reducción de la jornada laboral en Colombia, por lo tanto, desde el 15 de julio de 2024 se trabajan 46 horas a la semana. Recordemos que, según el artículo 3 de dicha ley, esta disminución se llevará a cabo durante los siguientes periodos de manera progresiva:

  • A partir del 15 de julio de 2025, 2 horas menos. La jornada laboral semanal será de 44 horas.

  • A partir del 15 de julio de 2026, 2 horas menos. La jornada laboral semanal será de 42 horas.

No obstante, es importante mencionar que la ley permite que los empleadores implementen la reducción de la jornada laboral de forma inmediata.

Además, el artículo 2 de la Ley 2101 de 2021 señala que la jornada laboral de 42 horas se podrá distribuir de común acuerdo entre empleadores y trabajadores en 5 o 6 días a la semana, en jornadas diarias de mínimo 4 horas y máximo 9.

Conoce cómo afecta esto en las fórmulas para liquidar las prestaciones sociales, vacaciones y horas extra. Con nuestra guía aprenderás a calcular correctamente el valor de la hora ordinaria laboral, según el Concepto 16177 del 8 de agosto de 2023.


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Efecto de la reducción de la jornada máxima laboral en el valor de la hora en 2025

 

En 2025 la reducción de la jornada máxima laboral tendrá un efecto significativo sobre el valor de la hora ordinaria, ya que implica una reestructuración de la compensación por tiempo trabajado, se plantean nuevos desafíos tanto para empleadores como para empleados y el valor de la hora ordinaria se verá alterado dado que el mismo salario anual se distribuye entre menos horas de trabajo. Conoce qué efectos podría tener esta reconfiguración en la productividad, el costo laboral y en cómo las empresas ajustan sus estructuras para mantener la rentabilidad.

El siguiente video es un contenido exclusivo de Suscriptores Platino.

[member_content type="platino" title="Es una pena, no puedes ver esta importante parte de nuestra ruta (pero te diremos cómo)"][end_member_content]

A continuación, presentamos de manera práctica la información que no debes perder de vista sobre este tema:

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10.2. FÓRMULAS PARA LIQUIDAR LAS PRESTACIONES SOCIALES, VACACIONES Y HORAS EXTRA

Esta matriz incluye las fórmulas que pueden usarse para calcular algunas liquidaciones laborales, como las prestaciones sociales, vacaciones y horas extra. Además, relaciona las normas para certificar las condiciones en torno a la liquidación de dichos conceptos.

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Concepto

Fórmulas

Código Sustantivo del Trabajo

Cesantías1

(Salario mensual2 × días trabajados) / 360

Artículo 249

Intereses a las cesantías3

(Cesantías × días trabajados × 0,12) / 360

Artículo 249

Prima de servicios4

(Salario mensual5 × días trabajados en el semestre) / 360

Artículo 306

Vacaciones

(Salario mensual6 básico × días trabajados) / 720

Artículos del 186 al 192

Trabajo nocturno
(entre las 9 p. m. y las 6 a. m.)

(Salario diario×1,35) / 7,67

Hora ordinaria × 1,35

Artículo 168

Hora extra diurna
(entre las 6 a. m. y las 9 p. m.)

(Salario diario×1,25) / 7,67

 

También:

Hora ordinaria × 1,25

Artículo 168

Hora extra nocturna
(entre las 9 p. m. y las 6 a. m.)

(Salario diario × 1,75) / 7,67

 

También:

Hora ordinaria × 1,75

Artículo 168

Hora ordinaria7 dominical
o festiva diurna

(Salario diario × 1,75) / 7,67

 

También:

Hora ordinaria × 1,75

Artículo 179

Hora ordinaria dominical
o festiva nocturna (valor de la hora ordinaria dominical + recargo por trabajo nocturno)

(Salario diario × 2,1) / 7,67

 

También:

Hora ordinaria × 2,1

Artículo 179

Hora extra diurna en dominical o festivo (valor de la hora ordinaria dominical + valor de la hora extra diurna)

(Salario diario × 2) / 7,67

También:

Hora ordinaria × 2

Artículo 179

Hora extra nocturna
en dominical o festivo (valor de la hora ordinaria dominical + valor de la hora extra nocturna)

(Salario diario × 2,5) / 7,67

 

También:

Hora ordinaria × 2,5

Artículo 179

  1. Te puede interesar nuestro Liquidador de cesantías en Excel aplicado a 11 casos prácticos.

  2.  Incluye el valor devengado por el trabajador (a este valor se le incluye el auxilio de transporte siempre y cuando el trabajador tenga un salario inferior a los 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes; ver el artículo 7 de la Ley 1 de 1963).
  3. Te puede interesar nuestro Modelo en Excel para el cálculo de intereses a las cesantías.

  4. Te puede interesar nuestro formato 12 liquidadores para calcular la prima de servicios semestral.

  5. Incluye el valor devengado por el trabajador (a este valor se le incluye el auxilio de transporte siempre y cuando el trabajador tenga un salario inferior a los 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes; ver el artículo 7 de la Ley 1 de 1963).

  6. Incluye el valor devengado por el trabajador, sin incluir el auxilio de transporte ni el valor del trabajo suplementario en horas extra o de recargos dominicales o festivos (ver el artículo 192 del CST).

  7. La oficina jurídica del Ministerio del Trabajo emitió un comunicado de unificación donde aclara varios aspectos de la Ley 2101 de 2021. Debido a que la jornada ordinaria máxima de trabajo desde el 15 de julio de 2024 es de 46 horas, se presenta una reducción en la cantidad máxima de horas de trabajo semanales, así:

Valor del salario mensual del trabajador / 230 = valor de la hora ordinaria laboral

Por ejemplo, el valor de la hora de trabajo entre el 15 de julio y el 31 de diciembre de 2024 de un trabajador que labora la jornada máxima legal y devenga el salario mínimo se determinará así:

46 horas máximas semanales / 6 = 7,67

7,67 horas diarias máximas laborales x 30 días al mes = 230

$1.300.000 / 230 = $5.652 (valor hora ordinaria laboral)

La misma forma de cálculo se deberá aplicar en los años 2025 y 2026, teniendo en cuenta la reducción gradual de la jornada laboral y el salario mensual del trabajador (ver el Concepto 16177 del 8 de agosto de 2023).

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Si deseas profundizar en este tema, te invitamos a navegar por la Ruta sobre horas extra y recargos.

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