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4 pasos para la habilitación de la cuenta de usuario en la plataforma de la Dian


pasos para habilitación de la cuenta de usuario Dian
Actualizado: 30 mayo, 2024 (hace 6 meses)

Aquí hablaremos sobre...

  • Paso 1: portal web de la Dian
  • Paso 2: diligenciamiento del documento de identidad
  • Paso 3: verificación de la información diligenciada
  • Paso 4: contraseña para la cuenta de usuario
  • Posibles inconvenientes en la habilitación de la cuenta de usuario

Poseer una cuenta de usuario habilitada en el portal web de la Dian facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias.

Además, permite a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones formales, como es el reporte de información exógena.

Las cuentas de usuario en el portal web de la Dian (Muisca) tienen como finalidad facilitar los medios para el cumplimiento de las obligaciones formales y sustanciales tanto de las personas naturales como de las jurídicas.

Este modelo de gestión busca integrar, facilitar, agilizar y simplificar los procedimientos utilizados por la administración tributaria, con el propósito de generar beneficios, enfatizando en aquellos aspectos que inciden en la detección y reducción del fraude, y en la modernización tecnológica.

Así pues, poseer una cuenta de usuario habilitada permite acceder a los distintos servicios en línea prestados por la administración tributaria, tales como navegar en la zona de los formularios virtuales para la presentación de las declaraciones tributarias, la actualización virtual del RUT, el envío de información exógena para aquellos contribuyentes obligados a cumplir con esta responsabilidad, entre otros.

“para crear una cuenta de usuario es necesario que el contribuyente se encuentre inscrito en el RUT y que el mismo esté actualizado”

No obstante, es preciso resaltar que para crear una cuenta de usuario es necesario que el contribuyente se encuentre inscrito en el RUT y que el mismo esté actualizado.

 De acuerdo con lo anterior, a continuación, enumeramos los pasos a seguir en la habilitación de la cuenta de usuario. Veamos:

Paso 1: portal web de la Dian

Para iniciar la habilitación de la cuenta de usuario en el sistema Muisca de la Dian, se debe acceder al portal transaccional de la plataforma (https://www.dian.gov.co/Transaccional/Paginas/Transaccional.aspx) y seleccionar la opción “Usuario nuevo”.

Usuario nuevo en el portal de la Dian.

Paso 2: diligenciamiento del documento de identidad

Al seleccionar la opción “Usuario nuevo”, el sistema presentará una pantalla en la cual se deberá diligenciar los datos relacionados con el documento de identidad del contribuyente. Una vez se haya surtido este proceso, deberá darse clic en el botón “Habilitar cuenta”.

Habilitación de cuenta en la Dian.

Paso 3: verificación de la información diligenciada

El sistema verificará la información diligenciada de acuerdo con lo informado en el RUT, y si es correcta, procederá a activar el usuario solicitando establecer la contraseña de inicio de sesión, la cual debe cumplir con ciertos requisitos mínimos de seguridad.

Verificación de información.

Paso 4: contraseña para la cuenta de usuario

Si la contraseña diligenciada cumple con las políticas establecidas y la activación se completa sin inconvenientes, el sistema mostrará un mensaje de confirmación al usuario.

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Una vez efectuado este paso, el sistema lo direccionará a la página de inicio de sesión del Muisca, donde podrá ingresar los datos referentes al número de identificación y la contraseña creada.

Ingreso al portal de la Dian

Posibles inconvenientes en la habilitación de la cuenta de usuario

En el proceso de habilitación del usuario en la plataforma de la Dian pueden surgir ciertos inconvenientes relacionados con los datos de identificación del contribuyente.

Por lo anterior, es necesario tener en cuenta que tanto el número de identificación como la fecha de expedición del documento son campos requeridos para completar el proceso. Esto, dado que, como lo mencionamos líneas atrás, son datos que permiten la verificación del usuario respecto a la información registrada en el RUT.

Por otra parte, si al diligenciar los datos solicitados el sistema arroja el siguiente mensaje (ver captura de pantalla a continuación), debe entenderse que el contribuyente no se encuentra inscrito en el RUT, y que, por ende, deberá surtir el proceso de registro (ver nuestro editorial Inscripción en el RUT para personas naturales que declaran renta por primera vez).

Inconvenientes al ingresar los datos a la Dian cuenta de usuario

Recuerda que desde Actualícese hemos preparado una completa Ruta de Actualización en la cual podrás profundizar sobre todos los aspectos realizados con el RUT. Consúltala en ABC del registro único tributario –RUT–.

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