Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reporte de exógena y facturación electrónica: aplicación en el SIMPLE


Actualizado: 26 mayo, 2020 (hace 4 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Los contribuyentes del régimen simple de tributación tienen la obligación de presentar la información exógena y facturar electrónicamente?

Pregunta resuelta mayo 21 de 2020

La información exógena del año gravable 2019 se presenta conforme a lo establecido en la siguiente normativa: la Resolución 011004 de octubre de 2018, la Resolución 000008 del 31 de enero de 2020, la Resolución 000027 de marzo de 2020, la Resolución 000046 del 7 de mayo de 2020 y la Resolución 000053 de mayo de 2020. Adicionalmente, no se puede perder de vista lo estipulado en la Resolución 000042 de 2020, entre otras normas, para atender la facturación electrónica.

El Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, se encarga de confirmar si los contribuyentes acogidos al régimen simple de tributación deben presentar la información exógena y si deben expedir factura electrónica.

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