Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Conversatorio sobre plazos para aplicar las NIIF en Colombia


Ficha técnica:

  • Duración: 53:10
Actualizado: 18 septiembre, 2012 (hace 12 años)

Sobre esta conferencia…

El Dr. José Hernando Zuluaga, CEO de admin.actualicese.co junto a nuestro Líder de Estándares Internacionales, Edmundo Flórez intercambian puntos de vista sobre las NIIF y los diversos aspectos que se deben tener en cuenta en Colombia. Algunas de las conclusiones que se pueden sacar a medida que se escucha esta conversación es que falta una socialización de las NIIF en nuestro país, existe también una falta de cultura sobre estos temas, falta una adecuada utilización de los medios para hacer difusión, los plazos de transición y aplicación de las NIIF están muy cercanos, entre otros. Al finalizar, ¿cuáles son tus conclusiones?

  • Resolviendo las preguntas y los puntos críticos en relación con los Grupos 1, 2, y 3 y sobre los plazos para aplicar las NIIF en Colombia.
  • ¿Cómo diferencia si hay una escalabilidad sobre la aplicación y los valores que se deben tener en cuenta sobre los activos de acuerdo a la normatividad vigente?
  • ¿Qué tipos de NIIF deben aplicar las empresas en Colombia?
  • ¿Cuáles son los diferenciadores básicos a tener en cuenta para aplicar las NIIF en Colombia?
  • ¿En qué normas o leyes se basó o fundamentó el CTCP para establecer los diferenciadores y crear los Grupos 1,2, y 3?
  • Qué empresas conforman el Grupo 1 y que aplicarán las NIIF Plenas?
  • ¿Hay empresas con activos superiores a los $ 17.001.000.000 que pueden aplicar las NIIF para Pymes, es decir que pueden pertenecer al Grupo 2?
  • ¿Qué fecha es la más adecuada para determinar las compras o importaciones con los cuales determinar si la empresa pertenece al Grupo 1 o al 2?
  • ¿Se puede entender que los 30.000 SMMLV o los $ 17.001.000.000 no son estrictamente los que determinan la aplicación de las NIIF Plenas o las NIIF para Pymes, pues hay que tener en cuenta las condiciones del volumen de exportaciones, importaciones o las condiciones de matriz o subsidiaria que tengan las empresas?
  • El Documento de Direccionamiento Estratégico confunde al lector con un paréntesis que al colocarlo deja la sensación que se refiere a empresas de servicios. ¿Es una mala lectura o una mala interpretación?
  • Si se trabaja pensando en aplicar las NIIF para Pymes debiendo aplicar las NIIF Plenas, ¿qué efectos puede producir este error en la implementación de las NIIF en la empresa?
  • ¿Conviene hacer una propuesta al CTCP o bien a los Ministerios de Hacienda y al Ministerio de Comercio Industria y Turismo para que en vista de la cercanía del año de transición para los Grupos 1 y 3, y en vista que no ha salido un decreto;  amplié por una año más  el plazo o sea para el 2014 y 2015?
  • ¿Se puede sugerir, si aceptan nuestra propuesta, que las empresas grandes que ya están avanzando en la implementación continúen con el proceso?
  • ¿Podemos afirmar que la gran mayoría de las empresas no están preparadas para aplicar ya las NIIF que les corresponden?
  • ¿Sería atrevido decir que no se han socializado suficientemente las NIIF?
  • ¿Qué tan favorable fue la modificación del Grupo 1 y 2 e inclusive el 3 que se propuso en el Documento de Direccionamiento Estratégico del 16 de julio de 2012?
  • ¿Puedo afirmar que puedo aplicar lo que no conozco?
  • Tenemos entendido que la IASB está redactando un estándar inferior al de NIIF para Pymes, con el fin de que las microempresas, no obstante su tamaño, se acostumbren a aplicar los estándares internacionales.
  • El CTCP no se ha pronunciado sobre el último trabajo sobre las NIIF para Pymes que está documentando la IASB, en relación con un estándar inferior al de NIIF para Pymes, ¿lo cual da lugar a solicitar que se amplíe el plazo para la aplicación que deben hacer las microempresas a partir del 1º. de enero de 2013?
  • ¿Qué o quién nos está empujando para aplicar las NIIF?
  • Desde el 8 de agosto del 2012 está en el Senado el Proyecto de Ley 077 que modifica la Ley 43 de 1.990 y la Ley 1314 del 2009, el cual requiere ser socializado. ¿Cuál es su opinión?
  • ¿Por qué nos preocupamos cuando hablamos de las NIIF e indicamos que si la transición es en 2013 y la aplicación en 2014; si no necesariamente los saldos a tener en cuenta son los del 1º de enero de 2013 sino los del 31 de diciembre de 2013?

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