Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Principales efectos de la caída de la Ley de financiamiento


Ficha técnica:

  • Categoría: Impuestos
  • Fecha de publicación: Noviembre 29 de 2019
  • Fecha de grabación: Noviembre 8 de 2019
  • Duración: 1 Hora y 9 minutos

Aquí hablaremos sobre...

El profesional contable se encuentra en un ambiente de continuos cambios normativos que le exigen estar a la vanguardia de cada una de las novedades. Esto se evidencia con la caída de la Ley 1943 de 2018, que pone a los profesionales en un proceso de actualización respecto a los efectos de esta decisión. 

El 16 de octubre de 2019 la Corte Constitucional, a través de la Sentencia C-481, declaró inexequible la reforma tributaria de 2018 conocida como Ley de financiamiento. Sin embargo, la misma Corte decidió modular su fallo señalando que dicha inconstitucionalidad solo surtiría efectos a partir del 1 de enero de 2020, con el fin de no generar un vacío legislativo para el recaudo del período gravable 2019. 

De este modo, la Ley de financiamiento tendrá plena aplicación hasta el 31 de diciembre de 2019 (a excepción de lo que corresponde a la sobretasa en el impuesto de renta para las entidades financieras, declarada inconstitucional mediante la Sentencia C-510), y durante este tiempo el Gobierno buscará que le sea aprobado el proyecto de reforma tributaria radicado el 22 de octubre del año en curso. De lo contrario, se reviviría el régimen tributario existente antes de la entrada en vigor de la Ley 1943 de 2018. 

Por lo anterior, se hace necesario tener claro cuál va a ser el panorama a partir del 1 de enero de 2020 en caso de aprobarse el proyecto de reforma tributaria radicado, o en caso de que no sea así. 

Todos estos importantes aspectos sobre los efectos derivados de la caída de la Ley de financiamiento son abordados por la Dra. Doris Gutiérrez Parra en esta completa sesión de actualización. 

Objetivos 

1. Conocer las generalidades de la sentencia de la Corte Constitucional C-481.

2. Analizar las principales novedades tributarias fruto de la Ley de financiamiento 1943 de 2018.

3.Analizar cuáles serían los tratamientos más importantes que revivirían a partir del 1 de enero de 2020, en caso de que no sea aprobado el proyecto de reforma tributaria.  

Temario 

(En este punto podrá encontrar el tiempo exacto en el que es abordado cada tema en la sesión de actualización) 

  1. (01:56 04:08)) ¿Qué estableció la Sentencia C-481 de 2019? 
  2. (04:09 11:47) Generalidades sobre los principales aspectos de análisis. 
  3. (11:48 25:36) Impuesto sobre la renta de personas naturales. 
  4. (25:3732:53) Ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional. 
  5. (32:54 37:20) Dividendos y participaciones. 
  6. (37:21 38:01) Determinación de la renta presuntiva de personas naturales. 
  7. (38:02 40:47) Impuesto al patrimonio. 
  8. (40:48 42:14) Impuesto complementario de normalización tributaria. 
  9. (42:15 46:52) Régimen simple de tributación. 
  10. (46:53 48:11) Retención en la fuente. 
  11. (48:12 57:08) Impuesto sobre la renta de personas jurídicas. 
  12. (57:09 57:51) Régimen de mega inversiones. 
  13. (57:52 58:29) Régimen de Compañías Holding Colombianas. 
  14. (58:30 59:14) Facturación electrónica. 
  15. (59:15 1:01:45) Impuesto sobre las ventas. 
  16. (1:01:46 1:09:05) Procedimiento tributario. 

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Doris Gutiérrez Parra
Contadora Pública de la universidad Santiago de Cali, especialista en gerencia tributaria de la Universidad ICESI, con experiencia profesional de más de 30 años en áreas tributarias y contables en reconocidas firmas del país. Su experiencia profesional ha incluido la participación y ejecución de varios roles como: consultoría especializada, planeación tributaria, diagnósticos tributarios (Due Dilligence), revisión y preparación de declaraciones tributarias nacionales y municipales, revisión y elaboración de provisiones de renta. Cuenta con experiencia como docente universitaria desde hace más de 20 años y adicionalmente tiene a su cargo la coordinación de diversos programas académicos en importantes universidades a nivel nacional. Además, es conferencista en seminarios de actualización tributaria.
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