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Casos en que no aplica la sanción mínima que dispone el artículo 639 del ET


¿En qué casos no aplica la sanción mínima consagrada en el artículo 639 del Estatuto Tributario?

Resuelta  19 de Octubre de 2017

Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, aclara que el artículo 639 del Estatuto Tributario se refiere a la sanción mínima, sanción que es equivalente a 10 UVT. Al respecto de esta sanción vale la pena decir que esta no aplica, por ejemplo, en los siguientes casos: intereses de mora, cálculos de sanciones por inscripción tardía en el RUT o en la no sanción por la no actualización del RUT, ni tampoco a las sanciones relativas a la declaración del monotributo mencionadas en el artículo 641 del Estatuto Tributario que fue modificado con el artículo 283 de la Ley 1819 de 2016.

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