Actualizado: 21 febrero, 2023 (hace 2 años)
Aquí hablaremos sobre...
- Anticipo al impuesto de renta es trasladable a la declaración anual del régimen simple
- Saldo a favor liquidado en la declaración de renta no puede ser arrastrado a la declaración del régimen simple
- Pérdidas líquidas no se podrán compensar dentro de la declaración del régimen simple
Las normas que reglamentan el régimen simple disponen que el anticipo al impuesto de renta del año siguiente liquidado en una declaración de renta se puede arrastrar a la declaración anual del SIMPLE. Pero no se puede hacer lo mismo ni con las pérdidas ni con los saldos a favor.