Aunque se indique que el total del impuesto, sanciones y sobretasas que se lleguen a liquidar en mayo o en septiembre de 2011 son un valor que se podría pagar hasta en 8 cuotas iguales, hay que tener presente que si ese total es inferior a 41 UVT’s, la declaración se debe pagar totalmente en la misma fecha en la que se vence el plazo para su presentación.