Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Supersociedades solicita Balance de Apertura al Grupo 1 por efecto de convergencia a NIIF (IFRS)


Supersociedades solicita Balance de Apertura al Grupo 1 por efecto de convergencia a NIIF (IFRS)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Qué es el ESFA?
  • Se crean nuevos informes en el aplicativo STORM
  • Los representantes legales son los responsables de la obligación de informar
  • Fechas de envío del Balance de Apertura - ESFA
  • Los efectos e impactos de la transición se presentarán en las notas a los estados financieros con corte a diciembre 31 de 2014

La Superintendencia de Sociedades emitió la Circular Externa 115-000004 de abril 30 de 2014 donde manifiesta explícitamente el requerimiento del Estado de Situación Financiera de Apertura con corte a enero 1 de 2014.

De acuerdo con las facultades conferidas en las normas vigentes y en especial los artículos 83, 84 y 85 de la Ley 222 de 1995, numerales 2 y 3 del artículo 7° del Decreto número 1023 del 18 de mayo de 2012, el Decreto número 4350 del 4 de diciembre de 2006 y el Decreto número 2300 del 25 de junio del 2008, la Superintendencia de Sociedades puede solicitar información ejerciendo sus facultades de Inspección, Vigilancia y Control, a las sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales, en la forma, detalle y términos que considere procedentes.

No se incluyen aquellas entidades que se acogieron voluntariamente al Grupo 1 (Decreto 3022 de 2013) pero que aplicarán el cronograma del Grupo 2”

Esta solicitud de información está dirigida a los pertenecientes al Grupo 1 determinados en el decreto reglamentario 2784 de 2012 modificado con el decreto 3024 de 2013 y que iniciaron su año de transición en el año 2014. No se incluyen aquellas entidades que se acogieron voluntariamente al Grupo 1 (Decreto 3022 de 2013) pero que aplicarán el cronograma del Grupo 2, porque para ellas el año de transición es el año 2015.

¿Qué es el ESFA?

Al inicio del proceso de convergencia hacia los Estándares Internacionales de Información Financiera NIIF-IFRS es necesario realizar un proceso de apertura con las cifras y rubros que se determinen de acuerdo con la NIIF (IFRS) 1 Adopción por primera vez. Este estándar se encuentra incluido dentro de los anexos del decreto 2784 de 2012, lo cual le da fuerza y exigencia legal.

El resultado de ese primer proceso se conoce como Balance de Apertura o Estado de Situación Financiera de Apertura por sus iniciales ESFA.

Se crean nuevos informes en el aplicativo STORM

Para efectos de lo anterior, se establecen dos (2) nuevos informes que serán generados mediante el aplicativo denominado STORM:

  • Informe número 45 – ESFA Separado e Individual y/o
  • Informe número 47- ESFA Consolidado (solo para controladoras o matrices de grupos)

IMPORTANTE: Estos informes estarán disponibles para su diligenciamiento y podrán descargarse a partir del día 9 de mayo de 2014. Dichos archivos no podrán modificarse en su estructura, nombre o extensión.

TAMBIÉN LEE:   CTCP menciona elementos relevantes sobre el cambio del grupo NIIF y otros aspectos

Los representantes legales son los responsables de la obligación de informar

“la Responsabilidad de los Estados Financieros es de la Administración (art. 200 Código del Comercio y reglamentarios) en cabeza del representante legal”

Como lo hemos establecido en distintos editoriales, la Responsabilidad de los Estados Financieros es de la Administración (art. 200 Código del Comercio y reglamentarios) en cabeza del representante legal y es quien debe cumplir con la obligación de presentar ésta información de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 23 de la Ley 222 de 1995.

Fechas de envío del Balance de Apertura – ESFA

Se determinó únicamente dos fechas para el cumplimiento de esta obligación:

  • Junio 25 de 2014: Para las entidades cuyos dos últimos dígitos del NIT de la sociedad, sin incluir el de verificación (DV) se encuentren en el rango del 00 al 49
  • Junio 26 de 2014: Para las entidades cuyos dos últimos dígitos del NIT de la sociedad, sin incluir el de verificación (DV) se encuentren en el rango del 50 al 99

Los efectos e impactos de la transición se presentarán en las notas a los estados financieros con corte a diciembre 31 de 2014

No olvidemos que los Estados Financieros de Transición requieren de información adicional o revelaciones la cual explicamos en nuestro editorial “Aspectos importantes a revelar del año de transición y el balance de apertura en convergencia hacia las NIIF (IFRS)” y que debe presentarse al finalizar el año de transición. Conviene que le demos una nueva lectura a este importante editorial.

Espero que esta información sea de utilidad para la comunidad contable y en especial aquella que se encuentra clasificada en el Grupo 1.

Preparada por:

Edmundo Alberto Flórez Sánchez
Líder de Investigación de Estándares Internacionales en actualicese.co
edmundo.florez@blacolombia.com

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