El Consejo de Estado, en su fallo del 4 de julio de 2019 para el Expediente 22482, decretó la nulidad de una parte del artículo 12 del Decreto 1794 de 2013, la cual indicaba ilegalmente que el IVA sobre el AIU en los servicios integrales de aseo y cafetería solo lo podían cobrar los sindicatos y las cooperativas de trabajo asociado.