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Categorías de informantes de exógena por el año gravable 2024 y los formatos que deben usar


exógena
Actualizado: 14 marzo, 2025 (hace 5 horas)

Aquí hablaremos sobre...

  • Principales cambios para la información exógena AG 2024
  • Consulta el cuadro resumen de informantes y formatos 2024
  • ¿Qué más te ofrece esta publicación?

Te presentamos un resumen de quiénes serán los informantes de exógena por el año gravable 2024 y cuáles de los 56 formatos deben utilizar.

De igual manera, encontrarás comparaciones contra lo que fueron los reportes del año gravable 2023 para detectar de esa forma cuáles son las novedades más importantes que se generarían para los reportes del año gravable 2024.

*Disponible a partir del 17 de marzo de 2025*

Para una mayor visualización de las temáticas que aborda este Especial Actualícese, te invitamos a detallar la siguiente tabla de contenido: 

Tabla de contenido

Introducción

Resumen de las categorías de informantes de exógena por el AG 2024 y los formatos que deben usar

  • Entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera
  • Cámaras de comercio
  • La Bolsa de Valores de Colombia, Bolsa Mercantil de Colombia y demás bolsas de valores
  • Registraduría nacional
  • Comisionistas de bolsa de valores
  • Notarios
  • Tipógrafos elaboradores de facturas de venta
  • Personas jurídicas con ánimo de lucro, empresas comunitarias, cooperativas y fondos de empleados
  • Personas y entidades obligadas a entregar la información de los literales «B» y «E» del artículo 631 del ET
  • Personas y entidades obligadas a entregar la información del literal «C» del artículo 631 del ET
  • Personas y entidades obligadas a entregar la información del literal «F» del artículo 631 del ET
  • Personas y entidades obligadas a entregar la información del literal «G» del artículo 631 del ET
  • Personas y entidades obligadas a entregar la información del literal «H» del artículo 631 del ET
  • Personas y entidades obligadas a entregar la información del literal «I» del artículo 631 del ET
  • Personas y entidades obligadas a entregar la información del literal «K» del artículo 631 del ET
  • Administradores de «contratos de colaboración empresarial»
  • Sociedades fiduciarias que durante 2023 administraron patrimonios autónomos
  • Secretarios generales de órganos que financien gastos con recursos del tesoro nacional, o quienes hagan sus veces
  • Entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos con organismos internacionales
  • Obligados a expedir estados financieros consolidados
  • Reportantes a los que les corresponda entregar alguno de los demás formatos dentro de la Resolución 162 de 2023 y que durante 2024 no hayan efectuado «pagos o abonos en cuenta por rentas de trabajo»
  • Informe solicitado a todas las alcaldías, distritos y gobernaciones de todo Colombia
  • Entidades que otorgan, cancelan o suspenden personerías jurídicas
  • Personas jurídicas que operen como propiedades horizontales que sean industriales, o comerciales o mixtas, que sí explotan sus áreas comunes y a las cuales les aplique lo indicado en los numerales 6 y 7 del artículo 1 de la Resolución 162 de 2023
  • Todas las personas o entidades que actuaron durante el 2024 como representantes de concesiones o asociaciones público privadas – app
  • Todos los reportantes mencionados en el artículo 1 de la Resolución 0162 de 2023 y que durante el 2024 hayan llegado a emplear a mujeres víctimas de la violencia
  • Informe sobre el código único institucional (cuin) que identifica a las entidades públicas
  • Todas las entidades señaladas en los artículos 22 y 23 del estatuto que durante el 2024 hayan recibido donaciones
  • Responsables del impuesto nacional al carbono definidos en el artículo 221 de la Ley 1819 de 2016
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Recursos Actualícese

En octubre 31 de 2023, la Dian expidió su Resolución 162, estableciendo el requerimiento de información exógena tributaria para los años gravables 2024 y siguientes. Posteriormente, con la Resolución 188 del 30 de octubre de 2024, se modificaron 10 artículos de la Resolución 162 de 2023, incluyendo 6 ajustes para los reportes del año gravable 2024 y 18 ajustes aplicables a los reportes de 2025 en adelante.

A continuación, te presentamos a grandes rasgos la información que podrás consultar en esta nueva entrega de Especiales Actualícese.

Principales cambios para la información exógena AG 2024

  • Ejecutores de convenios de cooperación internacional

La información de estos convenios, que se reporta mediante el formato 1159, solo se entregará a partir de 2025, aunque la norma superior exige su reporte mensual durante el año gravable 2024.

  • Personas y empresas liquidadas en 2024

Aquellos que cancelaron su RUT en 2024 quedan exonerados de reportar información por el periodo en el que operaron. Esto genera un vacío de información para la DIAN, a diferencia de la regulación anterior que sí exigía reportes parciales en estos casos.

  • Consorcios y uniones temporales

Si se liquidaron en 2024, sus miembros deben reportar la información correspondiente a su participación.

Profundiza en estas novedades accediendo al Especial Categorías de informantes de exógena por el año gravable 2024 y los formatos que deben usar.

Consulta el cuadro resumen de informantes y formatos 2024

¿Tienes claro quiénes deben reportar información exógena por el AG 2024? En nuestro cuadro resumen te mostramos qué informantes deben presentar reportes este año y los formatos que deben diligenciar.

También incluimos una comparación con el año gravable 2023, resaltando los cambios clave para este nuevo período.

Evita errores y sanciones con la mejor información en nuestro Especial Categorías de informantes de exógena por el año gravable 2024 y los formatos que deben usar.

¿Qué más te ofrece esta publicación?

En esta ocasión te compartimos 3 liquidadores que te ayudarán a resolver dudas sobre las sanciones relacionadas con la información exógena y 4 recursos audiovisuales imperdibles, para que amplíes tus conocimientos sobre este tema.

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