Actualícese.com
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Actualización en el régimen tributario especial: diligenciamiento y carga de los formatos 2530, 2531, 2532 y 2533


régimen tributario especial
Actualizado: 14 junio, 2023 (hace 1 año)

Aquí hablaremos sobre...

  • Alternativa 1 para el diligenciamiento de los formatos requeridos para la actualización en el régimen tributario especial
  • Alternativa 2 para el diligenciamiento de los formatos requeridos para la actualización en el régimen tributario especial
  • Radicación de la solicitud de actualización en el régimen tributario especial

Según el artículo 364-5 del ET, modificado por la Ley 2277 de 2022, las entidades calificadas en el régimen tributario especial deberán actualizar anualmente la información en el registro web durante los primeros 6 meses de cada año.
Aprende cómo diligenciar los formatos 2530, 2531, 2532 y 2533.

Este contenido solo está disponible para Suscriptores.

Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí.

Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.
Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,