Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Circular Externa Supersociedades


CIRCULAR EXTERNA

Señores
SOCIEDADES Y ENTES ECONÓMICOS VIGILADOS

REFERENCIA: SUSPENSIÓN REMISIÓN ESTADOS FINANCIEROS  PERIODOS INTERMEDIOS

Sopesando conjuntamente con el Ministro de  Comercio, Industria y Turismo, doctor Jorge Humberto Botero, las razones que dieron lugar a solicitar, mediante Circular Externa No. 007 de octubre 19 de 2005, numeral 4, la remisión de Estados Financieros de períodos intermedios, este Despacho decidió suspender la obligatoriedad de su envío para las sociedades vigiladas, con el objeto de analizar, dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha de esta circular, la calidad y periodicidad de la información actualmente reportada.

Todo ello,  para establecer o buscar un justo equilibrio entre las cargas o costos de transacción que genera la solicitud de dicha información y la idoneidad de su contenido y divulgación, para una adecuada supervisión, ejercida con criterio constructivo y pedagógico, bajo los supuestos de mercado ampliado y competitividad, que plantea la actual realidad universal.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

Cordialmente,

RODOLFO DANÍES LACOUTURE
Superintendente de Sociedades

 

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