DIAN
Concepto 23323
11-08-2015
El mecanismos para evitar la doble imposición establecido en el artículo 22 del convenio entre la República de Colombia y los Estados Unidos Mexicanos, permite en el Estado de la residencia el descuento del impuesto sobre la renta pagado en el otro Estado contratante dentro de las limitaciones impuestas por su legislación interna, razón por lo cual en el caso de los residentes en Colombia que obtengan rentas que puedan estar gravadas en México, se debe observar lo establecido en los artículos 254, 259 del Estatuto Tributario y el artículo 16 de la Ley 1739 del 2014, que para efecto de determinar el límite del descuento, se consideran en el CREE.