Entre el 9 de agosto y el 19 de octubre de 2022 vencerán los plazos para presentar la declaración de renta de las personas naturales del año gravable 2021.
Para cumplir esta obligación, se deberán realizar 3 pasos previos que facilitarán esta labor.
Conoce todos los detalles a continuación.
Para presentar y pagar el impuesto de renta a cargo de las personas naturales por el año gravable 2021, es importante tener cuenta ciertos aspectos que facilitarán la labor de determinar si el contribuyente se encuentra obligado o no a declarar, cuál es el formulario que debe utilizar y los requisitos que debe atender para su diligenciamiento.
En este apartado detallaremos los primeros 3 pasos que debe seguir toda persona natural para cumplir con esta obligación. Veamos:
Paso 1: determina si estás obligado a declarar
De acuerdo con lo establecido en los artículos 592 y 594-3 del Estatuto Tributario –ET–, en conjunto con lo dispuesto en el artículo 1.6.1.1.3.2.7 del DUT 1625 de 2016 (luego de ser sustituido con el Decreto 1778 de 2021), deberán presentar la declaración de renta y complementario las personas naturales y sucesiones ilíquidas que durante 2021 calificaron como residentes fiscales ante el Gobierno colombiano y durante dicho año pertenecieron al régimen ordinario (pues no se acogieron voluntariamente al régimen simple), siempre que al 31 de diciembre de 2021 cumplan alguno de los siguientes requisitos:
La nueva versión del artículo 1.6.1.13.2.15 del DUT 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 1778 de 2021, indica que las personas naturales y sucesiones ilíquidas no calificadas como grandes contribuyentes deberán presentar la declaración de renta a más tardar entre el 9 de agosto y el 19 de octubre de 2022, con la obligación de realizar el pago en una sola cuota. Para tal fin se tienen en cuenta los últimos dígitos del NIT, omitiendo el dígito de verificación.
Consulta estos plazos en nuestro Calendario tributario 2022 – versión digital, con el cual podrás determinar de acuerdo con los dos (2) últimos dígitos del NIT en qué fecha debes presentar la declaración de renta.
Nota: las personas naturales residentes en el exterior obligadas a presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario deberán efectuar el proceso de forma virtual y pagar el tributo de la misma forma, o en los bancos y demás entidades autorizadas en el territorio colombiano, dentro de los plazos mencionados.
Aunque la norma señala que la Dian cuenta con cinco (5) años contados a partir del vencimiento del plazo determinado por el Gobierno para exigir que el contribuyente presente su declaración tributaria, lo recomendable es cumplir con la obligación antes de que la declaración sea solicitada mediante un emplazamiento. Si el contribuyente actúa antes de dicha solicitud, deberá liquidar la sanción por extemporaneidad contemplada en el artículo 641 del ET; de lo contrario, el monto por pagar podría duplicarse, tal como lo estipula el artículo 642 del ET.
Una vez determinada la obligación de presentar la declaración de renta e identificado el plazo para presentarla, es importante prestar especial atención a ciertos aspectos previos para el correcto cumplimiento de esta obligación:
Profundiza en los aspectos relacionados con la declaración de renta de personas naturales para el año gravable 2021 en nuestra Cartilla Práctica Guía para elaborar la declaración de renta de una persona natural: año gravable 2021.
¡Pero eso no es todo!
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