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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Exigencia del RUT a personas naturales no responsables del IVA: ¿aplica también a los inscritos en el SIMPLE?


no responsables del IVA

El artículo 177-2 del ET sigue indicando que para deducir los costos y gastos por operaciones gravadas con IVA realizados con personas naturales que operen como no responsables del IVA se debe seguir exigiendo una prueba de su inscripción en el RUT.
¿Aplicará para los inscritos en el régimen simple?

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