Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Personas naturales sí se ahorrarán los parafiscales al tener dos o más trabajadores


Personas naturales sí se ahorrarán los parafiscales al tener dos o más trabajadores
Actualizado: 15 julio, 2013 (hace 11 años)

Además, al final de año no deben liquidar el CREE.   La idea es que las personas naturales también se animen a convertirse en empleadoras, a dar puestos de trabajo porque les saldrá mas económico otorgarlos.

Analicemos la siguiente pregunta: Una persona natural comerciante declarante del impuesto de renta y que tiene a su cargo una nómina de 20 empleados, cuyos ingresos en el 2012 no sobrepasan los 30.000 UVT, pero su patrimonio bruto si sobrepasa los 30.000 UVT. ¿Es agente retenedor del CREE? ¿Es sujeto pasivo?

Para ayudar a ubicar a las personas que manejan “clientes personas naturales”, si su cliente es una persona natural comerciante y en el año 2012 se sobrepasó, por lo menos el patrimonio bruto, durante el 2013 es un comerciante con patrimonio bruto alto en el 2012; lo que lo convierte en agente de retención a título del impuesto normal de renta.

Así lo expresa el artículo 368-2 del E.T., y en este caso lo que sucede frente al CREE es que el artículo 3° del Decreto 862 también menciona que dentro de los agentes de retención están los que figuren en el 368-2, de modo que, esta persona natural comerciante debido a que tuvo ese patrimonio alto en el 2012, durante 2013 sí califica tanto como agente de retención de renta como agente de retención del CREE y debe hacer las retenciones a título del CREE. Esa es una tarea para él, ser agente de retención a título del CREE.

La otra situación es que por ser una persona natural, al final del año no presentará declaración del CREE. Nunca tendrá que liquidar con este impuesto porque este es solamente de las personas jurídicas. Sin embargo, de acuerdo a lo mencionado en el artículo 25 de la Ley 1607 y también los últimos artículos del Decreto 862, las personas naturales por el solo hecho de tener dos o más trabajadores dejarán de pagar los aportes al SENA y al  ICBF, por lo tanto se benefician también por ser empleadores.

El estímulo consiste en que si una persona natural se convierte en empleadora y le da puestos de trabajo, así sea a las empleadas del servicio doméstico siempre y cuando sean dos o más puestos de trabajo, se beneficia de que a partir de la PILA que se presentó en junio con las nóminas de mayo y siguientes, no tendrá que liquidar el SENA y el ICBF sobre salarios inferiores a 10 salarios mínimos.

De manera que la gran ventaja de las personas naturales es que sí se ahorran los parafiscales cuando tengan dos o más trabajadores y que al final del año no tienen que liquidar el CREE. Es un estímulo, lo crearon así para que las personas naturales también se animen a convertirse en empleadoras, a dar puestos de trabajo porque les saldrán mas económico otorgarlos. Ya no se generan esas cargas parafiscales del SENA y el ICBF, y la EPS también se la van a ahorrar a partir de enero del 2014, igualmente que las personas jurídicas sujetas pasivas del CREE.

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